Así lo resolvió el Tribunal de Cuentas de la provincia que condenó al presidente y tesorero de la Comisión de Fomento de Villa Traful a pagar en forma solidaria ese monto. En la misma resolución fueron absueltos de otras observaciones en la rendición de cuentas del ejercicio 2014.
El presidente de la Comisión de Fomento de Villa Traful, Nicolás Lagos, y el secretario tesorero Nelson Gualberto Ortega fueron condenados por el Tribunal de Cuentas de la provincia a pagar en forma solidaria 52.084 pesos por el perjuicio a la hacienda pública que detectó la auditoría que hizo ese órgano de contralor.
Según constató LA ANGOSTURA DIGITAL las inconsistencias detectadas por el Tribunal de Cuentas corresponden a la rendición de cuentas del ejercicio que desde el 1 de enero de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2014.
La resolución del Tribunal de Cuentas se publicó en el Boletín Oficial de la provincia del 17 de mayo pasado.
Pero el mismo Tribunal de Cuentas absolvió a Lagos y Ortega de la responsabilidad administrativa patrimonial por el período analizado por el organismo de control de las cuentas públicas de la provincia.
Así lo indica el Acuerdo JR-9574, que se hizo el 7 de febrero pasado cuando los integrantes del Tribunal de Cuentas se reunieron en la ciudad de Neuquén, para dictar resolución en el expediente caratulado: “Comisión de Fomento de Villa Traful - Rendición de Cuentas Ejercicio 2014 - Actuación Sumarial”, (Expte. Nº 5600- 02982 - Año 2014 - Alcance 1), en trámite por ante este Tribunal”.
El Acuerdo resolvió en su artículo primero “absolver de Responsabilidad Administrativa Patrimonial al Sr. Nicolás Osvaldo Lagos, presidente período 01/01/14 al
31/12/14- y al Sr. Nelson Gualberto Ortega, secretario tesorero durante el período 01/01/14 al 31/12/14- respecto de la Observación Nº 1 inciso 4); Nº 2 incisos a), b) y c) y la Nº 3 incisos e), h), i) y l) del Anexo I del Informe del Auditor Nº 5449/15-DM y CF y ratificada en el Informe Nº 5736/16-DM y CF, para el Ejercicio 2014 de la Comisión de Fomento Villa Traful, disponiéndose el archivo.
En el artículo segundo de ese Acuerdo, el Tribunal declaró “la Responsabilidad Administrativa Patrimonial” de Lagos y Ortega “respecto del cargo oportunamente formalizado y que corresponde a la Observación Nº 1 incisos 1), 2) y 3) y Nº 2 inciso d), contenidas en el Anexo I del Informe del Auditor Nº 5449/15-DM y CF y ratificadas en el Informe Nº 5736/16-DM y CF, ante la existencia de perjuicio a la hacienda pública, para el Ejercicio 2014 de la Comisión de Fomento de Villa Traful.
Mientras que el artículo 3 de la resolución “condenar” a Lagos y Ortega al pago -en forma solidaria- de la suma total 52.084 pesos con 97 centavos.
“Se les hace saber que en el plazo de veinte (20) días deberán depositar el total resultante en la Cuenta Corriente Nº 110/3 que el Tribunal tiene habilitada al efecto en el Banco Provincia del Neuquén (Sucursal Rivadavia) y presentar el comprobante emitido por el Banco en la sede de este Tribunal, sito en Rivadavia Nº 127 de esta ciudad”, advierte la Resolución.
“De no cumplir con esto una vez vencido el plazo sin hacer efectivo el depósito en la institución bancaria, se librará testimonio de la sentencia y se remitirá a la Fiscalía de Estado para la ejecución por vía de apremio…”, indica el Tribunal de Cuentas.