Concedieron la libertad condicional al otro joven condenado por el homicidio de Barría

Foto del juicio por el homicidio de Rodolfo Barrìa.
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La jueza de Ejecución Penal de Neuquén admitió el pedido de la defensa de Pablo Andrés Cahuimpan, que fue condenado a 11 años de prisión como coautor del crimen, junto con Nahuel Ángel Hernández, que había accedido al beneficio el 1 de septiembre pasado.

 

La jueza de Ejecución Penal de Neuquén, Alicia Nelly Rodríguez, le concedió este miércoles la libertad condicional a Pablo Andrés Cahuimpan, de 27 años, que está condenado por el homicidio de Francisco Rodolfo Barría, que ocurrió en abril de 2014 a pesar de la oposición de la fiscalía.

La audiencia se hizo este miércoles por videoconferencia, informaron fuentes judiciales. El defensor oficial solicitó en la audiencia la libertad condicional de Cahuimpan, e informó que fijaría domicilio en Senillosa, donde vive su abuela, contaron las fuentes.

En declaraciones a LA ANGOSTURA DIGITAL el defensor recordó que el joven fue condenado a 11 años de prisión y que agota la pena el 8 de octubre de 2025.

En la audiencia, declararon el jefe de la unidad de detención donde se encontraba el condenado y licenciados que analizaron el caso.

El defensor propuso como reglas de conducta que se realicen controles cada 15 días, el compromiso de no cometer delitos. Tampoco mudar el domicilio sin previa autorización judicial y que acredite un trabajo en el término de 60 días. Además del compromiso de no tener ningún tipo de contacto ni conflicto con  los familiares de la víctima.

El fiscal no prestó conformidad al pedido de libertad condicional de Cahuimpan tal como lo había manifestado a finales de junio pasado, cuando la jueza rechazó el pedido de la defensa.

Sin embargo, la jueza de Ejecución Penal resolvió ahora concederle la libertad condicional a  Cahuimpan hasta el 8 de octubre de 2025, cuando se extingue la condena.

Y aclaró en la resolución que Cahuimpan deberá cumplir las pautas de conducta propuestas por la defensa. Incluso deberá dar estricto cumplimiento a todas las leyes sanitarias vigentes y someterse al control quincenal de población judicializada, pidiéndole al organismo que a título de especial colaboración lo ayude a tramitar a la menor brevedad posible una cita en el hospital de Senillosa para que pueda entrevistarse con un profesional de psicología o psiquiatría para que indique si Cahuimpan necesita un tratamiento, y de ser así, con qué frecuencia.

La jueza le prohibió ingresar a Villa La Angostura sin previa autorización judicial y ejercer cualquier acto de perturbación con la familia de la víctima por cualquier medio.

También, le prohibió el consumo de alcohol y estupefacientes y le impuso 60 días para acreditar trabajo o changa. Además, debe continuar estudiando o realizar algún curso profesional, y cuando lo logre que lo acredite.

La jueza de Ejecución Penal le había otorgado el 1 de septiembre pasado el beneficio de la libertad condicional a Nahuel Ángel Hernández, que había sido condenado, junto con Cahuimpan, a la pena de 11 años de prisión como coautor del homicidio de Barría.

El primer juicio por jurados en La Angostura

Los dos jóvenes fueron declarados culpables por un jurado popular que los juzgó en octubre de 2014. Fue el primer juicio por jurados que se hizo en esta localidad y el único hasta el momento.

Después, a principios de diciembre de 2014, el juez Leandro Nieves les impuso 11 años de prisión como coautores del delito de “homicidio simple”.

De acuerdo al fallo, los acusados persiguieron y atacaron la mañana del 9 de abril de 2014 a Barría, cuando caminaba por una calle del barrio Mallín. Le dieron un golpe en la cabeza que le causó un hematoma subdural y 6 días después, murió en Bariloche.