El juez tiene todo listo para dictar sentencia en el caso del camping municipal Correntoso usurpado por mapuches

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El juez civil de Junín de los Andes Andrés Luchino tiene el camino allanado para dictar en las próximas semanas la sentencia en la demanda que la Municipalidad de Villa La Angostura promovió contra Hugo Montos y ocupantes del camping del lago Correntoso para recuperar ese predio.

 

Fuentes con acceso al expediente informaron a LA ANGOSTURA DIGITAL que el magistrado desestimó el pedido del Ministerio Público Pupilar de revisar la decisión que declaró la pérdida del derecho a producir las pruebas ofrecidas por los demandados “debido a su conducta negligente”, porque eso afectaría el principio de preclusión de los actos procesales.

Por eso, Luchino aclaró que en atención al estado del proceso, se dispone todo para dictar la sentencia correspondiente. Las fuentes explicaron que el juez tiene un plazo de 60 días para emitir su veredicto tras seis años de espera.

La municipalidad interpuso en 2013 la demanda contra Hugo Montes, Sofía Antriao, Ernesto Antriao, Patricia Gutierrez y contra toda persona que ocupaba o pretendía tener derechos sobre el predio del balneario Correntoso.

El objetivo de la demanda es reivindicar el derecho de propiedad sobre el inmueble que tiene la municipalidad y además que se condene a los demandados a restituir el predio.

También, el municipio pretende en la demanda que se condene a los demandados a pagar a la municipalidad el importe de los daños y perjuicios derivados de su ocupación indebida.

“Los demandados deberán pagar como mínimo a mi representada una suma igual al canon que se obligó a pagar el último ganador de la licitación pública en la que se adjudicó la concesión”, indicaron los abogados del municipio, en la demanda.

Plantearon que ese monto “deberá satisfacerse abonando actualizando el monto mensual y multiplicándolo por el número de meses corridos desde la ocupación ilegítima hasta la restitución del bien” a la municipalidad.

A la suma que resulte por los conceptos referidos, se sumarán los intereses por el tiempo transcurrido hasta el efectivo pago por los demandados, aclararon en la demanda.

Los abogados de la municipalidad y los representantes legales de los demandados presentaron –por escrito- los alegatos ante Luchino, que interviene en la causa porque el juez civil de Villa La Angostura, Jorge Videla, se excusó.

La comunidad mapuche Paicil Antriao contestó la demanda y afirmó que esa comunidad es poseedora y propietaria del inmueble y negó que sea de la municipalidad.

Para los abogados del municipio, “resulta claro que la escasa prueba aportada por los accionados –básicamente por la Comunidad Mapuche Paichil Antreao– no puede fundar nunca la alegada posesión ancestral que dicen ejercer”.

Advirtieron que los derechos de las comunidades originarias, con raigambre constitucional, no resultan ser superiores ni prevalentes respecto de los derechos también con raigambre constitucional que corresponden a los demás habitantes de este país.

La comunidad sostuvo que es la propietaria de esas tierras “por aplicación directa y operativa de las normas de la Constitución Nacional, del Convenio 169 de la OIT, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, así como por la aplicación de otros tratados internacionales…”, y por el artículo 53 de la constitución de la Provincia del Neuquén.

Y aseguró que integrantes de la comunidad Paicil Antriao han ocupado ese lote desde antes de la llegada del Estado y en realidad extienden esa ocupación a prácticamente toda la Patagonia y, específicamente, a todo lo que hoy es Villa La Angostura.