Rechazaron una impugnación y el juicio entre Ginóbili y mapuches sigue en pie

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El Tribunal de Impugnación desestimó el recurso que la defensa de los mapuches imputados por usurpación, el objetivo era dejar sin efecto la elevación a juicio de los expedientes con las personas acusadas.

 

El Tribunal de Impugnación resolvió en un fallo dividido rechazar el recurso de impugnación que el abogado Virgilio Sánchez, que representa a la comunidad mapuche Lof Paicil Antriao, había presentado el 28 de mayo pasado para revocar la resolución del juez Nazareno Eulogio, que elevó a juicio tres expedientes donde hay integrantes de la comunidad imputados por el delito de usurpación.

En consecuencia, el juicio oral y público contra Andrés Leonardo Hernández, Raquel del Carmen Bustos, Damián Andrés Olivero, Saúl Ángel Mellado, Lucas José Cahuimpan y Daniel Esteban Paredes Malpu, que integran la comunidad Lof Paicil Antriao y están acusados por el delito de usurpación, sigue en pie. El juicio comenzará el 29 de julio y se extenderá hasta el 2 de agosto.

Así lo informó Sánchez a LA ANGOSTURA DIGITAL. Dijo que los jueces del Tribunal de Impugnación Federico Sommer y Richard Trincheri votaron por declarar inadmisible el recurso de la defensa, mientras que el tercer integrante del tribunal Mario Rodríguez Gómez votó en disidencia.

El abogado dijo que la resolución del Tribunal de Impugnación se conoció ayer martes.

“De todos modos, voy a impugnar ante el Tribunal Superior de Justicia. Lamentablemente, la Oficina Judicial mantiene la fecha del juicio, antes de que el fallo de elevación quede firme”, sostuvo.

“El fallo fue dividido, con disidencia de Rodríguez Gómez, que considera que el rechazo de una prueba en la acusación es impugnable”, explicó Sánchez.

“El magistrado argumento que la denegación de la prueba (testigos) es una resolución asimilable a definitiva y, por lo tanto, la impugnación realizada por la defensa es admisible”, comentó el abogado de la comunidad.

Dijo que, “por otro lado, Sommer y Trincheri se limitaron a citar dogmáticamente el criterio de irrecubilidad sostenido por la doctrina del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) y rechazaron la impugnación confirmando el fallo de Nazareno por mayoría”, sostuvo.

“Como apoderado de la comunidad sólo puedo decir que nos prepararemos para un juicio histórico, donde quedará en evidencia no sólo la inocencia de mis defendidos, sino la falta de objetividad del Ministerio Público Fiscal, que se ha propuesto sentar en el banquillo de los acusados a las víctimas, ignoro bajo que presiones y/o intereses”, opinó el abogado.

El defensor particular había planteado en el recurso de impugnación que “existió una vulneración al principio de igualdad, al admitir el testimonio de los particulares ofendidos ofrecidos por la Fiscalía en dos de los tres legajos y no permitir el testigo ofrecido por la Defensa en el tercero (Ginóbili), lo que implica un inaceptable privilegio para una de las partes que contraviene el principio de igualdad de armas”.

“Hay tres presuntos damnificados que impulsan este juicio contra la comunidad mapuche Paichil Antriao: Ginóbili, Converti y Bianchini. El Juez de garantías hace lugar el pedido de la Fiscalía para que declaren los dos últimos, pero rechaza el pedido de la Defensa para que sea interrogado Ginóbili”, sostuvo el abogado.

“Es incomprensible que se permita a Ginóbili querellar y desplegar una desmesurada actividad litigiosa contra la comunidad mapuce y que no se nos permita citarlo al juicio para que responda a las preguntas de esta defensa”, cuestionó Sánchez.

De qué se los acusa

En una de las causas, la fiscalía les atribuye a 6 acusados el hecho que ocurrió alrededor de las 13 del 23 de agosto del año pasado, cuando invadieron y ejercieron amenazas sobre los 8 operarios que trabajaban en el predio ubicado en la calle Traful al 940 de esta localidad. Los trabajadores habían sido contratados por Fabián Atilio Converti.

Los acusados y sus acompañantes les manifestaron a los operarios que debían abandonar la propiedad. La imputación fiscal indica que después al menos cuatro de los integrantes del grupo, identificados como Daniel Esteban Paredes Malpu, Nelson Gustavo Cárdenas, Andrés Leonardo Hernández y Ángel Saúl Mellado, ocuparon el primer piso de la obra en construcción existente en el terreno, manteniéndose en forma continua.

Después, la madrugada del 25 de agosto de 2018, un grupo mayor a cinco integrantes, alguno de ellos con el rostro cubierto, entre los que se encontraban Lucas José Cahuimpan y Ángel Saúl Mellado golpearon y quitaron los tabiques ubicados en las aberturas, ejercieron actos de amenazas al manifestarles a los cuatro operarios contratados por Converti, que ocupaban la planta baja de la obra en construcción ubicada en ese predio, que si no se iban, prenderían fuego el lugar y que tenían fierros.

Luego, invadieron ese espacio de la planta baja al ingresar contra la voluntad de los operarios, que se marcharan del lote. Así, los imputados ocuparon el predio y provocaron el despojo total de la posesión de Converti.

Despojo a Ginóbili

En la otra causa, sólo está imputado Paredes Malpu. En ese expediente el cuidador del terreno de Emanuel Ginóbili denunció que integrantes de la comunidad mapuche Paicil Antriao lo sacaron por la fuerza del lugar.

De acuerdo a la imputación de la fiscalía, Paredes Malpu formó parte de un grupo de aproximadamente 20 personas que se constituyeron el 13 de junio del año pasado en la puerta de entrada de la vivienda que ocupaba Guillermo Martínez, cuidador del predio ubicado en la calle Traful 1147 de Villa la Angostura, propiedad de Ginóbili.

Mediante dicho accionar intimidante, el cuidador se retiró de la vivienda contra su voluntad y junto a sus hijas menores de edad.

De ese modo, despojaron totalmente a Ginóbili de la posesión del inmueble.