Personal de la dirección de Recursos Forestales de la provincia hizo la infracción el 30 de marzo pasado porque advirtió la posesión de 517 postes de ñire y dos árboles recién apeados. El intendente solicitó el rechazo por improcedente. Sostuvo que no se vulneró la normativa vigente, que no hubo apeo para la construcción del cerco en el predio y que se taló los árboles por razones de seguridad.
Personal de la dirección de Recursos Forestales de la provincia, que inspeccionó el predio donde está el circuito de motocross, infraccionó al municipio el 30 de marzo pasado “por la posesión de aproximadamente 517 postes de ñire, algunos ya plantados para alambrado y otros depositados en rumas dispersas, sin marca de martillo forestal”. Además, en el acta de infracción se constató en ese momento el apeo reciente de un coihue y un ñire.
En el acta se consignó como “buena” la conducta del infractor y le otorgaron 5 días hábiles para hacer el descargo. El intendente Guillermo Caruso hizo el descargo correspondiente, con el patrocinio del abogado de la municipalidad, ante el director general de Recursos Forestales de la provincia, Uriel Mele, donde solicitó el rechazo y el archivo de la infracción.
El descargo, al que accedió LA ANGOSTURA DIGITAL, ingresó el 8 de abril pasado en el organismo provincial. Sostuvo que la infracción “es improcedente, toda vez que la Municipalidad de Villa La Angostura, no es la propietaria del lote ni la organizadora del evento”.
Recordó que el señor Trozzo es el propietario de la tierra y el organizador del evento es la sociedad + Eventos SA. Caruso señaló que el evento se organiza entre el Estado Nacional (Inprotur) el Estado provincial y municipal. En el descargo se consignó todo el camino administrativo y el respaldo de la Nación y la Provincia al desarrollo del Campeonato Mundial de Motocross en Villa La Angostura.
En el descargo, el intendente planteó que la infracción es improcedente porque “contrariaría notoriamente la normativa legal vigente”. Alegó que “contraria evidentemente con los dictámenes de la Procuración General del Tesoro de la Nación (el Estado es uno solo) y porque “no se ajusta a la realidad de los hechos”.
Fundamentos del descargo
En el descargo, Caruso señaló que el evento deportivo se encuentra debidamente autorizado y coordinador con el Ejecutivo provincial “deviene improcedente la infracción…” Aclaró en el descargo con respecto a la posesión de aproximadamente 517 postes de ñire, algunos ya plantados para alambrado y otros depositados en rumas dispersas, que “la constatación realizada no configura infracción alguna a la ley provincial forestal 2780 puesto que: no existió apeo para la construcción del cerco –que fue efectuado a razón del convenio celebrado con Parques Nacionales-. Por el contrario, se reutilizó madera existente en el predio para la construcción del cerco”.
Sostuvo que “no existió ningún tipo de traslado y/o comercialización del remante de madera y aclaró que “no consta en la infracción evidencia de apeo que permita inferir que fuera necesaria la gestión actual de permisos pertinentes para ello”.
Caruso advirtió en el descargo además que “resulta ambigua e inexacta la constatación, máxime en lo referente a las supuestas rumas existentes”. Afirmó que “la posesión no resulta motivo de infracción alguna”.
Y respecto al apeo reciente de un coihue y un ñire, que indica la infracción, Caruso señaló en el descargo: “La constatación realizada no configura infracción alguna a la ley provincial forestal 2780 puesto que: debe destacarse que oportunamente la Municipalidad de Villa La Angostura solicitó en fecha 18 de marzo de 2016 la colaboración de vuestro organismo a efectos de identificar los árboles en riesgo. Ahora bien, al no haber recibido respuesta alguna y/o colaboración alguna, en procura de la protección eficiente de personas y bienes se procedió al apeo de los ejemplares”.
“Cabe afirmar sin lugar hesitaciones que atento al retardo en la respuesta del organismo pertinente, el peligro inminente existente en la zona, debió procederse en post de la salvaguarda de la vida de las personas, protección de los bienes y la adecuada consecución del evento deportivo internacional MXGP Patagonia Argentina 2016, que cuenta con el aval y colaboración de Nación, Provincia y municipio”, sostuvo el intendente en el descargo.
Por eso, Caruso solicitó a la dirección provincial de Recursos Forestales que se haga lugar a la falta de legitimación pasiva invocada, se tenga por presentado en tiempo y forma el descargo, y se rechace o deje sin efecto la infracción y se procesa a su archivo.