La iniciativa ingresó al Concejo Deliberante y propone una ordenanza para que se convoque a la ciudadanía a audiencia pública para considerar la instalación y puesta en funcionamiento de las antenas, en Villa La Angostura.
La concejala del Movimiento Evita María Elena Brinkmann impulsa un proyecto de ordenanza para que se convoque a la ciudadanía a audiencia pública para analizar la instalación y puesta en funcionamiento de las antenas de la empresa Movistar, que ofrecen el servicio 4G.
Brinkmann recordó en los considerandos del proyecto de ordenanza que “mediante Ordenanza 2988/2015 se aprobó el Convenio Marco entre la Municipalidad de Villa la Angostura y Telefónica Móviles Argentina SA (Movistar) por el que la Municipalidad otorgó el uso y goce de 9 sectores del ejido municipal para la implantación de columnas soportes y equipos, a los efectos de la instalación del servicio 4G”.
La concejala del Movimiento Evita indicó que “en uno de los considerandos de la mencionada ordenanza surge que hay normativa vigente en relación a control y protocolos de evaluación de Radiaciones No Ionizantes”.
Para Brinkmannexiste“la posibilidad de la salida de dichos parámetros con el riesgo latente de contaminación del medioambiente y el riesgo en la salud de la población de nuestra ciudad”.
“De acuerdo al punto 9 del Anexo III del Convenio, la habilitación definitiva se efectuará una vez realizada la Evaluación de Impacto Ambiental y el informe RNI (radiación no ionizante) punto que no ha sido cumplimentado correctamente”, advirtió Brinkmann.
Sostuvo que “de acuerdo al nuevo Código Civil y Comercial existe el principio precautorio en cuanto a la posibilidad de riesgo de salud de la población”.
Ley del Ambiente
Señaló que la Ley General del Ambiente 25675, en sus artículos 19, 20 y 21 establece el derecho de participación ciudadana instituyendo la necesidad de la realización de audiencias públicas que generen ámbitos de información y debate, sobre todos aquellos emprendimientos que puedan originar compromisos a la salud de la población.
Brinkmann recordó que la Constitución provincial contempla este instituto en su artículo 308 donde dice: “La Legislatura, el Poder Ejecutivo y los Municipios pueden convocar a Audiencia Pública para debatir asuntos concernientes al interés público y al bienestar general, la que debe realizarse con la presencia inexorable de los funcionarios competentes. La Ley establecerá el procedimiento y los casos en que resulte obligatoria su realización”.
Señaló que además la Carta Orgánica Municipal instituye la Audiencia Pública para cuestiones que involucren el bien común en su artículo 303 y subsiguientes.
Brinkamnn argumentó que la participación ciudadana habilita un espacio apto para la confrontación transparente y pública de las distintas opiniones, propuestas, experiencias, conocimientos e informaciones existentes sobre las cuestiones puestas en consulta, lo que dio lugar a la reglamentación de la Audiencia Pública mediante la Ordenanza 2323/10.
Por eso, propone un proyecto de ordenanza para llamar a Audiencia Pública a la ciudadanía de Villa La Angostura en los términos que establece la Ordenanza 2323/10.
El objeto a considerar en dicha Audiencia es la instalación y puesta en funcionamiento de las Antenas denominadas 4G, en el ejido de Villa La Angostura.