Con total normalidad se vota hoy en Villa la Angostura

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Cerca del treinta por ciento del padrón ya votó en horas del mediodía. Todas las mesas están abiertas en las cuatro escuelas que están habilitadas en esta localidad.  Cómo son las multas por no ir a votar

 

Sin ningún tipo de inconvenientes se llevan a cabo las elecciones PASO en Villa la Angostura. Tanto en las escuelas 104, 353, Cpem 17 como Cpem 68 las Mesas fuera habilitadas y toda la jornada se realiza hasta el momento con toda tranquilidad.

Cerca del mediodía se estima que un 30 por ciento de los electores radicados en Villa la Angostura ya emitió su voto. 

Multas por no votar

Quienes tampoco concurran a las urnas en las generales tendrán sanciones de hasta 150 pesos. Si no se pagan, se inhabilita la posibilidad de hacer trámites en organismos nacionales, provinciales y municipales.

La Constitución Nacional en su artículo 37 predica que el sufragio es universal, secreto y obligatorio por lo que no votar se considera una falta electoral y es pasible de sanciones o multas.

Aquellos electores que habiendo infringido en la obligación de votar y no regularizaran su situación pagando la multa correspondiente, se verán sancionados no pudiendo realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales durante un año.

En caso de no haber emitido voto en solo un acto electoral (primarias o generales) el valor de la multa será de 50 pesos.

Si el elector se ausenta tanto en las PASO como en las generales de octubre, deberá abonar una multa de 100 pesos, que se acumularán a los $50 correspondientes a la primera infracción; es decir, que abonará un total de $150 en concepto de multas.

Lo mismo ocurrirá en un eventual balotaje, por lo que deberá desembolsar otros $50.

Quienes figuren como infractores podrán regularizar su situación mediante el pago de la multa que puede llegar hasta los $ 400, si se tienen en cuenta múltiples ausencias sin justificación a las últimas cinco elecciones de 2015 y 2017 (dos PASO, dos generales y un balotaje).

El monto de las multas integra el Fondo Partidario Permanente que está a cargo del Ministerio del Interior.

¿Cómo se pagan las multas?

En primara instancia el elector debe constatar que se encuentra presente en el Registro de Infractores

Una vez realizada la consulta, el sistema le permitirá acceder a la impresión de un comprobante para que pueda realizar el pago de la multa correspondiente.

La multa podrá ser pagada en cualquier sucursal del Banco de la Nación Argentina “y en las demás entidades que se habiliten para el cobro”.

Instrucciones para el pago de multas por no votar

Se abrirá una ventana donde se generará y visualizará la boleta de pago que Ud. deberá imprimir

Una vez impresa la boleta, concurrir a una sucursal del Banco Nación y abonar allí presentándose en las ventanillas correspondientes.

Concretado el pago, Ud. no deberá hacer ninguna otra gestión ya que el Banco Nación comunicará a la Justicia Nacional Electoral. Esta novedad puede demorar 48 horas aproximadas en ser reflejada en el Sistema de Consulta del Registro de Infractores (http://infractores.padron.gov.ar) . Por lo cual solicitamos aguarde mínimamente este tiempo para volver a consulta su estado en este registro.

Solicitamos conserve el comprobante de pago para el caso de presentarse alguna discrepancia en los registros de pago.

Los mayores de 70 años y los menores de 18 años no figurarán en el Registro de Infractores, aunque no hayan votado en 2015 o 2017 y lo mismo ocurre con aquellos electores que no votaron, pero lo justificaron.

Justificaciones

En caso de que en el día de la elección se encuentre a más de 500 kilómetros de su lugar de votación, se acercar a la comisaría más cercana y pedir un certificado como prueba de que estabas a más de 500 kilómetros de tu domicilio. Luego, tienes 60 días para presentarse ante la Secretaría Electoral correspondiente a tu domicilio y llevar el certificado para justificar su ausencia.

En caso de estar en el exterior, se debe conseguir el certificado en el Consulado Argentino más cercano. Si no puedes hacerlo, al regreso del viaje, se puede realizar el trámite ante la Cámara Nacional Electoral o ante la Secretaría Electoral de tu lugar de votación, siempre hasta 60 días después de la elección. La misma situación rige para el caso de enfermarse, por lo que se deberá llevar el certificado médico.

Para justificar su ausencia es necesario llevar el documento de identidad y, en caso de haber viajado al exterior y no tener el certificado correspondiente, llevar los pasajes o el pasaporte con los sellos de ingreso y salida del país.(El Cordillerano)