Duros comunicados de la oposición ante la ausencia de Stefani a la reunión con concejales

Sociales
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Tanto el Bloque del Frente de Todos como el de Primero Angostura dieron a conocer sendos comunicados, ante la ausencia del intendente  a la reuniòn convocada para este martes por la mañana.

 

Respuesta de Primero Angostura ante la ausencia del Intendente luego de la citación al Concejo Deliberante

Tras la citación al Sr. Intendente Municipal, Dr. Fabio Stefani para el día de la fecha a las 9 hs para brindar las explicaciones correspondientes al llamado a concurso de precios, según decreto 3119/2020, por considerarlo ilegítimo en sus procesos, recibimos respuesta esta mañana a las 8.51 hs, comunicando que no se presentará por otro compromiso previo y manifestando que la convocatoria según Resolución no respeta los plazos señalados en la Carta Orgánica, siendo que los plazos son correctos, por considerarse  este asunto urgente o de gravedad.

Ante esta situación, como espacio político vecinal nos preguntamos si el contexto de pandemia o ser partido ganador de las elecciones habilita a hacer lo que sea y como sea, avasallando a las instituciones y a los procesos democráticamente establecidos. Nuestra respuesta es NO.

La convocatoria por el concurso de precios era la primera de varias, porque lamentablemente, no es el único aspecto en el que esta gestión necesita un llamado a la transparencia.

Entendiendo que la época que nos toca vivir es muy compleja y sensible, necesitamos dirigentes con poder de liderazgo, que estén a la altura de las circunstancias, que sean legítimos en la toma de decisiones, y el que no esté a la altura, que sepa dar un paso al costado.

Hoy necesitamos dirigentes coherentes y justos y es nuestra función acompañarlos y marcarles los errores cuando haga falta.

Primero Angostura - Espacio Político Local

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El Bloque de Concejales del Frente de Todos expresa su repudio por el proceso de concurso de precios llevado a cabo por parte del Ejecutivo Municipal, en el marco de los Decretos 3119 y 3323/2020.

A los efectos queremos expresar nuestra preocupación por el futuro de los procesos de las contrataciones en nuestro Pueblo. Fundamentamos este repudio en que la falta de transparencia, de explicaciones por parte del Departamento Ejecutivo y la falta de pedido de aprobación de los pliegos al Concejo Deliberante, sienten un nefasto precedente con respecto a la intervención de este Concejo en este tema tan sensible para el ejercicio de la democracia, como es el contralor legislativo en las Contrataciones del Municipio.-

En este sentido, aprovechamos la oportunidad de hacer públicas las preguntas que le hubiésemos hecho al Sr. Intendente de haberse presentado a la audiencia convocada:

1) Dr. Stefani como primer pregunta, queremos saber ¿cuál es la fecha de vencimiento de los seguros del Municipio?

2) Dr. Stefani, Ud. fundamenta la necesidad de recurrir al concurso de precios por la imposibilidad de efectuar la licitación pública en función de la declaración de emergencia Sanitaria, en virtud de la cual, se encuentran restringidos los procedimientos administrativos ordinarios y por ello consideró que deben adoptarse procedimientos alternativos, que impliquen un menor riesgo de contagios, entonces, si las pólizas oportunamente contratadas permiten la prórroga por plazos similares, con ajuste de sumas aseguradas, ¿por qué el Ejecutivo Municipal no hace uso de esa opción y debe recurrir a una nueva contratación teniendo en cuenta la imposibilidad de desarrollar los procedimientos ordinarios en virtud de la emergencia sanitaria?

3) La compulsa de precios, es una de las formas de adquisición de bienes previstas en la Carta Orgánica y demás legislación municipal, por lo que si bien es “alternativo” a la licitación pública, claramente también es un procedimiento administrativo “ordinario”, en todo caso, es alternativo como variante de la licitación pública, pero no deja de ser un procedimiento ordinario, pues se encuentra dentro del marco de las funciones o facultades del Ejecutivo Municipal, como ya se dijo, por estar legislado en la normativa municipal, ¿por qué entonces no puede efectuarse la licitación pública?

4) ¿De qué manera considera Usted que no requerir la intervención del Concejo deliberante evita contagios?

5) Teniendo en cuenta las quejas de los posibles oferentes, ante la imposibilidad de cumplir con los plazos establecidos por el Municipio y consecuentemente, la imposibilidad de presentarse, ¿considera usted que ello, no implica afectar el principio de concurrencia que debe regir los procedimientos de adquisición de bienes por el estado?

6) Las respuestas dadas hasta el momento, no convencen a este bloque sobre la justificación por el cual el Municipio está salteando el procedimiento de licitación pública que es el que corresponde, por lo que entendemos que deba dejarse sin efecto el proceso y ejecutarse la prórroga. La pregunta es, a efectos de saber ¿cuál es el camino legal que va a tomar, Si van a dejar sin efecto el concurso de precios?.