La iniciativa propone que se permita construir esos espacios con una superficie de hasta 15 metros cuadrados, sin que se compute en los índices de FOS y FOT.
El concejal Fabián Fasce, del bloque Primero Angostura, aseguró esta mañana de jueves que presentará en la próxima sesión ordinaria el proyecto de ordenanza para incluir una modificación en el Código de Edificación para permitir la construcción de una cochera simple, sin que reste en los índices del FOS (Factor de Ocupación de Suelo) y FOT (Factor de Ocupación Total) que el municipio permite para edificar una vivienda.
En la documentación a la que tuvo acceso LA ANGOSTURA DIGITAL el proyecto de ordenanza propone agregar al Punto 6 del ANEXO 1 de la ordenanza 1415 sancionada en 2003, el Punto 6.4; “cocheras semicubiertas para uso residencial”.
La iniciativa establece que las cocheras que se propone autorizar en el Código “no computan FOT ni FOS, pero sí se cobrarán los derechos de edificación correspondientes”.
“El presentante deberá pagar los derechos de edificación correspondientes y los metros construidos de cochera sumarán para el pago de los servicios”, prevé el proyecto.
Indica que la superficie de la cochera “no podrá exceder los 15 metros reales cuadrados, y se cobrará el 50% de las tasas de derecho a edificación como superficie semicubierta”.
Según el proyecto del bloque Primero Angostura, “el apoyo de la solera debe ser como máximo de una altura de 2,10 metro. Con una pendiente mínima de 12 grados”.
Indica que “el color del techo debe ser pre pintado o traslucido y de acuerdo a las normativas vigentes en la localidad”.
“El piso de la misma no podrá ser impermeable”, es otra de las condiciones.
El proyecto indica que aquellas cocheras que estén anexadas a la vivienda “deberán contar con tres caras libres como mínimo, y aquellas que no estén apoyadas en la vivienda deberán tener las cuatro caras libres, cumpliendo los mismos requisitos anteriores y no computarán como volumen”.
La iniciativa establece que las cocheras “podrán invadir los retiros con la línea municipal hasta un 50% del mismo, podrán invadir los retiros al eje medianero divisorio del predio hasta 1,50 metro del mismo siempre que este apoyado uno de sus lados sobre la vivienda”. Y “deberán presentar el plano de implantación; una vista; y balance de superficie en escala 1:100”.
En los considerandos del proyecto de ordenanza señalaron que “teniendo en cuenta a la climatología reinante en nuestra localidad, de bajas temperaturas y gran cantidad de precipitaciones, creemos necesario considerar la posibilidad de que los propietarios de las viviendas particulares puedan construir una cochera por vivienda sin que esto afecte los índices de construcción”.
Plantearon que en el Anexo1, el punto 1.6.3.6 Superficies Semicubiertas del Código dice: “Se denominan así a todo local con dos o más caras libres (sin cerramiento). A los efectos del cómputo del F.O.S. y F.O.T, se considerará la mitad de estas superficies”.
Recordaron en el proyecto que en el Anexo, en el punto 4.3.3 semicubiertos y recovas lo define como “aquel local con dos o más caras libres (sin cerramiento)”.
Indicaron que en el Anexo 1 en el punto 5.1.1 dice que “las cocheras tendrán una altura mínima de 2,10 metros”, que en el Anexo 1, en su punto 6, se refiere a los tipos de cocheras y sus características.
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