Impulsan habilitar foods trucks para ampliar la oferta gastronómica ambulante

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Es un proyecto de ordenanza que impulsa el bloque Primero Angostura. Propone que sólo puedan ofrecer ese servicio los comercios gastronómicos con habilitación municipal e instituciones sin fines de lucro.

 

El bloque Primero Angostura, que conduce el concejal Fabián Fasce impulsa un proyecto de ordenanza para autorizar a comercios gastronómicos e instituciones sin fines de lucro a ofrecer comida y bebidas en vehículos gastronómicos itinerantes (Food Truck).

El proyecto prevé que sólo podrán habilitar “Food Truck” “aquellos comercios gastronómicos que ya cuenten con habilitación municipal e instituciones sin fines de lucro reconocidas por la Municipalidad de Villa la Angostura”.

Para lograr la habilitación, el comercio “debe estar al día con las tasas municipales, cumplir con la aprobación de la Dirección de Comercio y la Dirección de Bromatología, deberá cumplir con los requisitos establecidos por ordenanza Municipal Nº 2235/99 y 2298/09”.

El proyecto indica que sólo se podrá comercializar “los productos para lo cual fue habilitado el vehículo gastronómico, el incumplimiento de la presente será motivo de clausura y la multa correspondiente”.

Establece que las habilitaciones comerciales “son carácter intransferibles”. Deberá ajustarse a lo establecido en el Código Alimentario Argentino, legislaciones provinciales y ordenanzas Municipales vigentes complementarias.

El objetivo del proyecto, según Fasce, es “ampliar y mejorar  la oferta gastronómica ambulante de calidad disponible ya que es un nuevo modelo comercial en cuanto a gastronomía se refiere”.

Planteó que “se busca crecer y evolucionar incorporando nuevas tendencias gastronómicas y de actividades comerciales”.

Sostuvo que los vehículos gastronómicos conocidos como Food Truck han ido surgiendo en varias ciudades del mundo para dar respuesta a la mayor demanda de comida económica y de calidad.

“Son una propuesta gastronómica creativa, saludable y accesible sobre vehículos innovadores y atractivos con motor incorporado o acarreado con motor”, afirmó en los fundamentos del proyecto de ordenanza.

Dijo que se busca llegar “a un público diferente a través de la propuesta de Food Trucks como una nueva estrategia de expansión y crecimiento”. Y destacó que la redacción de esta normativa “es posible gracias al aporte de la Dirección de Bromatología, la Secretaria de Turismo y la Dirección de Comercio”.

Fasce enfatizó que es “una oportunidad para que instituciones y locales gastronómicos puedan aprovechar una mejora en su actividad comercial”.

“La habilitación general del vehículo gastronómico autoriza la elaboración y comercialización de alimentos y/o bebidas en eventos privados y/ o públicos con iniciativa privada”, aclaró.

Observó que suponen una menor inversión económica para expandir su comercio. Por eso, “surge la necesidad de generar una norma que regule la actividad de venta de comida y/o bebidas en carros y/o camiones espacio público”.

Que indica la iniciativa

El proyecto de ordenanza establece que todos los vehículos gastronómicos deberán estar identificados en el frente  y laterales, con el Nº de habilitación comercial en un tamaño no menor de 8 centímetros de altura.

Indica que el vehículo gastronómico deberá contar con una superficie mínima de 6 metros cuadrados.

Establece que se podrá habilitar un solo vehículo por comercio o institución y dicha habilitación será de carácter intransferible.

Se podrá habilitar un solo “rubro” de venta por habilitación,  no podrá otorgarse más de un permiso a una misma persona jurídica, o a una persona jurídica que comparta socios y/o directores con otra persona jurídica que ya posea un permiso.

Y deberá cumplir con los requisitos establecidos por ordenanza municipal Nº 2235/99 y 2298/09.

La iniciativa prevé que se le suspenderá la habilitación comercial a los vehículos gastronómicos, “en los casos en que la Dirección de Comercio compruebe el incumplimiento a la presente ordenanza en cualquiera de sus artículos. La misma podrá ser renovada una vez abonada la multa y subsanada la causa que la originara”.

Las causales de inhabilitación de la licencia comercial son: el incumplimiento de las normas higiénico-sanitarias y/o de seguridad, reiteración de tres faltas leves a las normas contenidas en el Código Alimentario Nacional y demás normas de carácter local en el plazo de un año, prestación de servicios en la vía pública y/o en lugares no autorizados y/o que excedan la ocupación del espacio autorizado.

También el incumplimiento de normas laborales y de seguridad social, falta de habilitación comercial, el no cumplimiento de horarios establecidos y la venta de bebidas alcohólicas, sin la habilitación correspondiente.

La iniciativa prevé que cada vehículo gastronómico “pagará un canon que incluye el uso del espacio público y la conexión al servicio eléctrico. El mismo será fijado por la Secretaria de Economía y Hacienda, o quien la remplace en el futuro