La Municipalidad de Villa La Angostura informa a los comerciantes de establecimientos habilitados en los rubros de restaurantes, locales de comidas preparadas y de comidas rápidas que realicen servicio de reparto a domicilio y contemplados en el Decreto Municipal Nº 1241/20, que deberán contar con una certificación para la circulación en la vía pública.
Este certificado será emitido por la Secretaría de Gobierno para ser presentado ante Autoridades Nacionales, Provinciales o Municipales que así lo requieran, en el marco de la prohibición de circular después de las 20 horas.
Para recibir el certificado de circulación permitida, los interesados deberán enviar a la dirección de mail: gobierno@villalaangostura.gov.ar la siguiente información:
- 1.Nombre completo del conductor del vehículo
- 2.DNI
- 3.Nombre de la Empresa, Persona Física o Comercio
- 4.CUIT
- 5.Domicilio de residencia
- 6.Domicilio Comercial
- 7.Horarios planificados de reparto (tener en cuenta que deberán realizarse antes de las 20 hs. y de ser posible minimizar la cantidad de viajes).
La Municipalidad de Villa La Angostura informa a los comerciantes de establecimientos habilitados en los rubros de restaurantes, locales de comidas preparadas y de comidas rápidas que realicen servicio de reparto a domicilio y contemplados en el Decreto Municipal Nº 1241/20, que deberán contar con una certificación para la circulación en la vía pública.
Este certificado será emitido por la Secretaría de Gobierno para ser presentado ante Autoridades Nacionales, Provinciales o Municipales que así lo requieran, en el marco de la prohibición de circular después de las 20 horas.
Para recibir el certificado de circulación permitida, los interesados deberán enviar a la dirección de mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. la siguiente información:
- 1.Nombre completo del conductor del vehículo
- 2.DNI
- 3.Nombre de la Empresa, Persona Física o Comercio
- 4.CUIT
- 5.Domicilio de residencia
- 6.Domicilio Comercial
- 7.Horarios planificados de reparto (tener en cuenta que deberán realizarse antes de las 20 hs. y de ser posible minimizar la cantidad de viajes).