El Concejo Deliberante aprobó anoche un proyecto de ordenanza que modificó el Código de Edificación para ese sector del barrio El Mallín. El objetivo es poner en valor esa zona y adecuarla a la necesidad de los vecinos.
Los concejales aprobaron anoche un proyecto de ordenanza que autorizó cambios en el Código de Edificación y modificó la zonificación aplicable a los emprendimientos comerciales sobre la avenida Primeros pobladores, desde su intersección con la calle Vargas hasta la calle Catalanes, aplicando los indicadores R1.
Los indicadores de construcción R1 son los que rigen para el área centro de la localidad.
El cambio de indicadores para la calle principal del barrio El Mallín tiene como objetivo la puesta en valor de esa zona de Villa La Angostura.
“El constante y sostenido crecimiento del barrio El Mallín y los barrios aledaños hace necesario que las reglamentaciones sean actualizadas adecuándose a la realidad y a las necesidades de sus vecinos”, fundamentaron en el proyecto impulsado desde el bloque de la Coalición Cívica-Ari, con el respaldo del resto de los concejales.
Indicaron que “es necesario poner en valor dichos barrios, dándole una impronta comercial a su avenida principal”.
Y enfatizaron que “es voluntad de este Concejo Deliberante apoyar el desarrollo sostenido y planificado del pueblo”.
Además, se consignó que el proyecto “fue tratado en el Consejo Consultivo, el cual vio positiva esta iniciativa”.
La ordenanza sancionada anoche autoriza al Ejecutivo municipal “a condicionar el uso de los indicadores R1, a que los inmuebles comerciales afectados cumplimenten con lo estipulado en el anexo 1, para cualquier habilitación comercial”.
Y dispone mantener vigentes los indicadores que no sean modificados por la presente ordenanza.
Qué dice el anexo
En el anexo que tiene la ordenanza sancionada se indica que “la construcción de Recovas es obligatoria para todo emprendimiento comercial en la calle Primeros Pobladores desde su intersección con la calle Vargas hasta su intersección con la calle catalanes, debiendo asegurar la continuidad de la misma en todo el frente del edificio”.
Se establece que “el diseño de la continuidad planteada deberá ser aprobado por el Ejecutivo municipal”.
Además, se indica por ejemplo, que “la Recova no computa FOS ni FOT”.
“Cuando deba realizarse algún tipo de obra para permitir la construcción de Recovas en el espacio de acera, correspondiente al sub área R1, el Departamento Ejecutivo determinará la profundidad de excavación permitida y la posición de elementos estructurales correspondientes”, dice el anexo.
Advierte que “no se permiten Balcones, sobre Recovas en la vía pública”.
Respecto a las veredas, el anexo indica que “serán de hormigón peinado y tendrán el ancho de a 2 metros, desde la línea municipal hacia la calzada, dejando 1 metroentre la vereda y el cordón cuneta”.
“Una vez fijado el nivel de veredas por el Departamento Ejecutivo los propietarios estarán obligados a construir la vereda correspondiente a sus respectivos predios y deberán ser mantenidas en buenas condiciones por los propietarios”, establece el anexo.
“En casos de lotes en esquina incluirán a la superficie que como consecuencia del trazado de la ochava quede incorporada al dominio público”, añade.
El anexo indica además “la construcción de rampas de acceso para personas con situación de movilidad reducida” de acuerdo a las normas vigentes.