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Fri, Sep

Cacault pide su sobreseimiento y acusa a Alerta Angostura por falsa denuncia

La ciudad
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El intendente Roberto Cacault hizo su descargo ante la Fiscalía local por la denuncia en su contra que promovió Patricio Raposo e integrantes de la comisión directiva de la Asociación Civil por presuntas irregularidades en la construcción del circuito de motocross. Sostuvo que hubo autorización para intervenir del Ministerio de Desarrollo Territorial. Y pidió investigar además por el presunto delito de falsedad ideológica al empleado provincial  Rodolfo Herrero.

El intendente Roberto Cacault, por intermedio de apoderado legal, pidió al fiscal Adrián De Lillo, el archivo y que dicte su sobreseimiento en la causa penal, que se originó por la denuncia de integrantes de la ONG Alerta Angostura por presuntas irregularidades en la construcción del circuito de motocross y el manejo de fondos.

Cacault además denunció a Patricio Raposo y a los integrantes de la comisión directiva de la Asociación Civil Alerta Angostura por el presunto delito de falsa denuncia. También pidió que sea investigado por falsa denuncia el delegado de Bosques local, Rodolfo Herrero.

El intendente sostuvo en su descargo que presentó ante la Fiscalía local, donde se tramita la investigación preliminar por la denuncia de integrantes de Alerta Angostura. El intendente enfatizó en el escrito al que tuvo acceso este diario que “la denuncia realizada por el Rte. de la Asociación Civil “Alerta Angostura” parte –a sabiendas- de una premisa falsa y, así, intenta construir una acusación que en los hechos concretos no haya encuadre típico alguno”. 

Sostuvo que la construcción del circuito de motocross “se ha llevado a cabo cumpliendo exhaustivamente con todos los recaudos legales aplicables al caso y con la autorización correspondiente de la  autoridad de aplicación de la ley provincial de bosques Ley 2780”. Indicó que “por Resolución 086/15 el Ministerio de Desarrollo Territorial autorizo la intervención del inmueble para el evento MXGP”, que se disputó a finales de marzo pasado en Villa La Angostura.

Destacó que en forma oportuna el Ministerio de Desarrollo Territorial, mediante resolución del año 2014 estableció “que la zona urbana dentro del ejido municipal de Villa La Angostura, por debajo de la Cota 900 m.s.n.m. y en superficies menores a 3 hectáreas catastrales del Municipio, y en aplicación de la Ley 2780 y su Decreto reglamentario, se regirán por la Carta Orgánica Municipal, Ordenanzas, Decretos y Normas Complementarias municipales”. Dictamen del asesor legal Cacault sostuvo en su descargo que esa “circunstancia fue ratificada expresamente” en la nota enviada por el asesor legal del Ministerio de Desarrollo Territorial, Antonio Aichino el 3 de septiembre pasado, en la cual expresamente dice en su anteúltimo párrafo: “Hecho que activa el dictado de la resolución N° 086/15 de fecha 9 de febrero de 2015 que autoriza a la Municipalidad de Villa La Angostura para intervenir en el predio que alberga el circuito, el permiso extendido tenía una alcance a la realización de actos materiales por parte del municipio tendientes a remover los ejemplares nativos que pudieren obstaculizar, no sólo el tránsito de la motos en el circuito sino también, y como resulta palmario inferir, todas aquellas áreas aledañas al mismo que resulten necesarias para el desarrollo normal de la carrera, tales como los espacios para el público y los accesos para el mismo…”

“La contundencia del informe no hace más que ratificar que la intervención estaba autorizada por el Ministerio de Desarrollo Territorial quien fue organizador del evento y así se ha manifestado con la prueba agregada, y patentizando la mala fe con la que obra el Sr Paposo en su denuncia”, afirmó Cacault.

Por eso, pidió que la Fiscalía “debe archivar sin más” la denuncia en su contra “y abrir la investigación por falsa denuncia del mismo como así también al Sr Rodolfo Herrero como agente publico de la Delegación local por lo infra descripto”.

La normativa local 

Cacault aseguró que “el predio sobre el cual se ha construido el circuito de motocross se rige por la normativa local y así se lo hemos informado a los denunciantes quienes han hecho oídos sordos a esto exponiendo sus claras intenciones políticas en la presentación realizada”. 

“Y esto no es una cuestión menor por cuanto la resolución en cuestión –dictada nada menos que por la autoridad de aplicación de la ley de bosques- trae numerosas consecuencias en lo que respecta a los recaudos legales aplicables al caso”, añadió en el escrito. 

“En primer lugar, dicha resolución obstaculiza la aplicación de la categorización general de zonas realizada por la ley 2780 y es importante destacar que los denunciantes construyen su acusación a partir de la misma señalando, erróneamente, que el Municipio debió solicitar un cambio de categoría, un plan de cambio de uso del suelo y una evaluación de impacto ambiental al ser una zona con categoría de conservación “amarilla” –según los lineamientos de la ley de bosques- olvidando y omitiendo que el Organizador del evento según los convenios infra agregados lo ha sido una multiorganización entre la Provincia del Neuquen (Ministerio de Desarrollo Territorial), el Estado Nacional (Improtur), + eventos SA y el Municipio de Villa la Angostura”, recordó Cacault.

Denuncia inconsistente

“La inconsistencia de la denuncia resulta ya manifiesta. La zona afectada al circuito escapa de la categorización de la ley de bosques por el simple hecho de que su aplicación fue limitada por la autoridad”, afirmó. “Claramente los tiempos para la realización del evento atentaron contra el orden administrativo y de estricto carácter administrativo,  y con un sistema contravencional de carácter administrativo (…) por lo cual no es pasible de aplicabilidad el Código Penal”, afirmó Cacault.

“En lo que refiere al seguro de responsabilidad por daño ambiental de incidencia colectiva –art. 22 ley 25675-, no resulta obligatorio para el caso bajo análisis por los mismos argumentos expuestos en referencia a la falta de obligación de llevar a cabo los estudios de impacto ambiental”, indicó en el descargo. 

“La poca significancia de la intervención, corroborada por la autoridad de aplicación y el informe técnico que presentaré, obsta la aplicación de dicha normativa. No es por este tipo de intervenciones que el legislador nacional se ha propuesto elaborar los recaudos enunciados por los denunciantes por cuanto la misma ley requiere que la intervención sea riesgosa para el ambiente. No es este el caso. No estamos en presencia de un proyecto de gran magnitud que provoque indefectiblemente un cambio en el ecosistema o consecuencias asimilables y es por ello que la autoridad de aplicación autorizó el evento sin requerir mayores estudios o contrataciones”, afirmó Cacault. 

Falsedad ideológica en el caso de Herrero

Cacault sostuvo que las desprolijidades internas del Ministerio de Desarrollo territorial, “en cabeza de Rodolfo Herrero, al cual solicito se certifiquen las copias presentadas por este ante Alerta Angostura, ante el Superior Jerárquico (Uriel Mele), y ante vuestra fiscalía, que claramente contienen una falsedad ideológica en la fijación de las fechas de sus inspecciones, y las contradicciones manifiestas entre sus intervenciones personales in situ y sus informes de escritorio”.

“Por lo cual solicito a la Fiscalía investigue la posible comisión del delito de falsedad ideológica del Sr Herrero Rodolfo, tanto en el contenido como en la fecha cierta de sus informes, y el desconocimiento de la normas emanadas de su propio organismo (Resolución 086 del Ministerio de Desarrollo Territorial)”.