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Fri, Apr

Vivero: "La Ley de Economía del Conocimiento fortalece una industria transversal al Desarrollo Nacional"

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El diputado Vivero se expresó en relación a la sanción de la ley que volvió con observaciones desde el Senado. Expectativa en el polo tecnológico de Cutral Co y la Zona Franca Zapalina.

 

- El día jueves a la madrugada, finalmente fue aprobado por diputados el proyecto de ley para la modificación del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento. Proyecto bastante discutido, al cual se le realizaron modificaciones tanto en Diputados como en Senadores; finalmente el aprobado podemos decir que representa las demandas del sector y la propia visión por parte del estado para la economía del conocimiento?

- Verdaderamente, el proyecto de ley se encontró bastante trabado en su tratamiento, y tuvo importantes modificaciones tanto en la cámara alta como en la cámara baja. Igualmente el voto obtenido, también logra reflejar esto ya que 133 votos fueron afirmativos y 88 abstenciones por parte de Juntos por el Cambio. Llama la atención dichas abtenciones ya que el proyecto constituye el reflejo de un proceso de ampliación y mejora brindada al sector que podríamos decir que se inició en el año 2004 con la Ley de Software y concluyo en el año 2019 con la Ley de Economía del Conocimiento, ley votada durante el gobierno de Mauricio Macri, sin embargo los propios diputados de este espacio político se abstuvieron de votar.

- Podríamos decir que esta ley representa un recorrido y una correspondiente ampliación en los beneficios previstos en la anterior ley?

Asi es, como anteriormente lo mencione, la presente ley busca reflejar un proceso de mejora, aprendizaje y escucha del sector. Teniendo como puntepié inicial la Ley de Promoción del Software sancionada en el año 2004, durante la presidencia de Néstor Kirchner la cual tuvo vigencia hasta el año 2019, cuando fue sancionada la Ley de Promoción del Conocimiento. Claramente al hacerse un recorrido por las tres leyes podemos ver como de manera incremental se han incorporado nuevos actores, actividades y beneficios fiscales que permitan brindar mayor seguridad y claridad para un sector de la economía que requiere por parte del estado reglas claras y marcos de promoción para su desarrollo, los cuales de manera cuidadosa han incrementado y segmentado los beneficios sin descuidar los propios ingresos fiscales del estado.

- En virtud de representar por lo usted mencionado una ley superadora. En que radico el debate, modificaciones y la correspondiente abstención de los diputados de Juntos por el Cambio?

En líneas generales principalmente la diferencia radicó en el escalonamiento de los beneficios a las empresas previsto en el nuevo proyecto de ley, en el cual establece que según el volumen de las mismas, grandes, medianas y pequeñas, obtienen beneficios escalonados y diferenciales. Lejos de representar este punto una situación discriminatoria o en desmedro de las grandes empresas, la propuesta adopta un principio de promoción y fortalecimiento escalonado, en el cual se busca propender a un mayor volumen de empresas y emprendimientos que obtengan posibilidades de desarrollarse en la economía del conocimiento y la industria 4.0. Esto claramente solo es posible poniendo recursos del estado o redireccionando posibles ingresos al mismo, en aquellos que requieren mayor apoyo. 

- Cuales son los principales puntos que esta nueva ley abarcan?

Tanto la ley del 2004 como la del 2019, alcanzaban un número limitado de actividades previstas y beneficios impositivos para las mismas. Por su parte este nuevo marco regulatorio prevé que el régimen de promoción alcance actividades de la industria del software; producción audiovisual digital; biotecnología, bioinformática, ingeniería genética; nanotecnología y nanociencia, además de la industria satelital y aeroespacial; y la ingeniería para la industria nuclear.

Claramente la nueva ley, busca avanzar en la industria 4.0 y en las nuevas tecnologías desarrolladas en gran parte del mundo permitiendo incorporarnos o reposicionarnos en la economía regional por lo menos. Logrando revertir una tendencia que se ha visto profundizada con el advenimiento del COVID19 y es la caída en las exportaciones de servicios basados en el conocimiento.

Resulta importante destacar algunos puntos centrales de la ley, que puedan ser conocidos por empresas y emprendimientos locales que busquen acceder a los beneficios fiscales.

En primera medida solo podrán adherirse aquellas empresas que se encuentren constituidas en la República Argentina o que se encuentren habilitadas a trabajar en el país; para ello deberán acreditar fehacientemente que el 70 % de la facturación del último año se encuentre vinculada con la actividad prevista en la ley, y para el caso de nuevos emprendimientos deberán acreditar estar desarrollando dichas actividades.

Por su parte los beneficios fiscales serán computados en función que la empresa acredite la realización de mejoras continuas en la calidad de sus servicios o inversiones en la capacitación de sus empleados; adquiriendo mayor relevancia en aquellas actividades de capacitación que se encuentren destinadas a desocupados de menos 25 años y mayores de 45 años y mujeres que accedan por primera vez a un empleo formal.

Un requisito de relevancia además, lo constituye la acreditación de la realización de exportaciones de bienes de las actividades promovidas diferenciada por el tamaño de la empresa.

- Nos ha explayado claramente los alcances de la ley sancionada, pero cuales son los beneficios para las empresas del sector?

Los beneficios de la ley previstos son amplios y se ven reflejados en la posibilidad de obtención de bonos de crédito fiscal lo cuales resultan intransferibles y alcanzan hasta el 70% de las contribuciones patronales pagadas; los cuales podrán imputarse para el pago de tributos nacionales.
En este sentido, y otro elemento destacable de la presente ley es que dicho monto asciende hasta el 80% de las contribuciones patronales cuando se trata de contratación de mujeres, personas travestis, transexuales y trans género, profesionales con posgrado específicos, personas con discapacidad, o personas radicadas en "zonas desfavorables".

- Tomando en cuenta lo último mencionado, en relación a zonas desfavorables, cuales son las perspectivas de la aplicación de la ley a nivel regional y provincial?

Tal como lo expresado en la entrevista, el carácter superador de la misma nos permite pensar y reflexionar sobre tres cuestiones fundamentales.

Primero poder afirmarnos y establecer de manera clara un régimen que cimentado en el fuerte desarrollo de la investigación científica existente en el país y el propio recurso humano generado fruto del importante entramado de universidades públicas y privadas permita el desarrollo de nuevos emprendimientos de carácter tecnológico, enmarcados en las industrias 4.0.

En segundo lugar, poder acceder y promover actividades económicas que posibiliten un mayor grado de desarrollo y vinculación exterior, que permita en base a las ventajas comparativas relativas existentes en la Argentina, lograr así salir de la pendiente en la cual se encuentra gran parte de los países latinoamericanos en relación a su participación en el comercio mundial de conocimiento y tecnología.

Y por último, y relativo específicamente a la pregunta, poder federalizar este proceso de promoción y desarrollo, desanclando el mismo de los puntos económicos centrales, capitales provinciales, y principales provincias en cuanto a su producto bruto.

Y es aquí en donde radica nuestra mayor ventaja como provincia pero a su vez nuestro mayor desafio, poder federalizar en nuestra provincia este proceso de desarrollo que permita disminuir los desequilibrios propios que históricamente se han profundizado o que simplemente se han perpetuado fruto de las erráticas políticas de desarrollo implementadas.

-  Y como lograrían revertirse estos desequilibrios, con este régimen específico?

-  No es un proceso sencillo, pero menos imposible. Pensemos en la existencia a nivel territorial de recurso humano ampliamente formado, pensemos en la presencia de la propia universidad a nivel regional y provincial. Recordemos la existencia de espacios en nuestro territorio provincial por fuera de la capital provincial que se encuentran pensados para esto, a solo modo de ejemplo puedo mencionar la Zona Franca de Zapala, el Polo Tecnológico de Cutral Co, lugares con acceso a fibra óptica, con infraestrutura y servicios que pueden propiciar este tipo de emprendimientos.

Por otro lado no podemos desconocer la desterritorialización y como anteriormente dije, el desanclaje que estas actividades por sus propias características poseen. Entonces porque no pensar en el desarrollo de estas propuestas en esas comunidades, que hace a las mismas menos ventajosas. Entonces pensar de manera federal a nivel provincial en aquellas actividades que resultan propicias para ello, no es descabellado. Sabemos que la actividad extractiva requiere una localización específica, el conocimiento no. Y es este punto fundamental para propiciar en la provincia una mayor armonía en el desarrollo del territorio, la economía y la propia sociedad.

Dos puntos son claves aquí, primero que el artículo 22 de la nueva ley, invita a las provincias y a los municipios a adherirse al presente régimen con lo cual propongo tanto a la legislatura provincial como a los municipios a poder ser parte del mismo; y por otro lado que se crea el Fondo Fiduciario para la Promoción de la Economía del Conocimiento el cual se encargará de la capacitación y formación para el fortalecimiento de las actividades promovidas, el financiamiento de capital de trabajo, la inserción comercial internacional entre otros objetivos.

Por lo cual, creo que existen las condiciones y se encuentra en nuestras propias manos poder emprender dicho desafío, en mi actual función de diputado nacional por la provincia del Neuquén propiciaré y acompañaré todas las acciones necesarias para lograr que estas y muchas localidades puedan ser parte de este nuevo régimen, y que mas aún muchos nuevos emprendimientos puedan ser incorporados.

FM La Jungla