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Tue, May

Los empleados públicos y funcionarios que incumplan “la cuarentena” serán dados de baja o sumariados

Parte de los controles que se realizaban este lunes por la mañana en Villa la Angostura.
Sociales
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Así lo dispuso el gobernador Omar Gutiérrez en el decreto que firmó este domingo para ampliar la emergencia sanitaria por el coronavirus en sintonía con las medidas que ordenó Nación.

 

El gobernador Omar Gutiérrez dispuso una serie de medidas en el decreto 390 que dictó este domingo en sintonía con las disposiciones que ordenó el gobierno nacional que amplió la emergencia sanitaria por el COVID-19 (coronavirus).

En el decreto 390/20, el gobernador estableció en el artículo sexto las sanciones para los empleados públicos y funcionarios que no acaten el aislamiento social, preventivo y obligatorio.

“Para aquellos agentes públicos que incumplan con la presente norma y/o aquellas dictadas en el marco de la emergencia sanitaria, que tales conductas serán consideradas falta grave, debiéndose disponer su baja automática o inicio de sumario, según corresponda”, estableció Gutiérrez en la norma que dictó este 22 de marzo.

En los considerandos del decreto, el gobernador mencionó que los organismos técnicos competentes del sector salud para la prevención del COVID-19 (coronavirus) “se hace énfasis en la disminución de la circulación de las personas”.

“Que se ha constatado por las autoridades de seguridad de la Provincia, según informe del Ministerio de Seguridad y Gobierno que pese a la vigencia de las medidas estas no han sido suficientemente acatadas poniendo así en riesgo la salud colectiva”, advirtió.

Por eso, el gobernador dispuso por razones de salubridad general, como horario de atención al público para todos los locales comerciales en el territorio de la Provincia del Neuquén habilitados por la excepción dispuesta en el artículo 6º del Decreto N° 297/20 del Poder Ejecutivo Nacional y sus normas complementarias, entre las 9 y las 19.

En esa franja entran los supermercados, las veterinarias y los comercios que hacen deliberys, por citar algunos.

El gobernador estableció por razones de salubridad general, como horario exclusivo de circulación de los desplazamientos mínimos e indispensables para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos dispuestos en el artículo 1º del Decreto N° 297/20 del Poder Ejecutivo Nacional, en toda vía de comunicación de la Provincia entre las 8 y las 20.

Están exceptuados todos aquellos supuestos comprendidos en las excepciones dispuestas en el marco del artículo 6° del Decreto N° 297/20 del Poder Ejecutivo Nacional y las que en su consecuencia se dicten.

El decreto establece que sin perjuicio de las excepciones dispuestas, en todos los casos en que suceda la concurrencia de personas, deberá respetarse el distanciamiento social obligatorio de al menos 1 metro entre cada una de las personas.

Además, establece que la Policía Provincial demorará, hasta dar aviso al Ministerio Publico Fiscal y que éste tome debida intervención , a las personas que incumplan las presente norma y las de emergencia sanitaria dictadas en general.

También, prohíbe ingresar o salir de los accesos a los aeropuertos de la Provincia sin previa autorización de la Policía

Provincial, quien previa consulta con el Ministerio de Salud y el de Gobierno y Seguridad, dispondrá el ingreso o egreso según se constate estar o no comprendidos en las excepciones autorizadas por la normativa dictada por el Gobierno Nacional.

En el decreto, el gobernador invita a los municipios y Comisiones de Fomento a adoptar medidas similares a la presente.