Así lo resolvió esta tarde el juez Nazareno Eulogio, que descartó que Pablo Ernesto Parada haya cometido el delito atribuido por la fiscalía. El defensor destacó el comportamiento del magistrado, “lejos de la arbitrariedad del juez (Juan Pablo) Balderrama”.
El juez Nazareno Eulogio resolvió absolver al empleado policial Pablo Ernesto Parada porque no se probó en el juicio que haya cometido el delito, que le había atribuido la fiscalía de Villa La Angostura.
“Acaba de dictar la sentencia y el juez absolvió a Parada, que quedó libre de culpa y cargo”, destacó esta tarde a LA ANGOSTURA DIGITAL tras la audiencia el abogado particular Javier Cardellino, que asistió a Parada.
“El juez determinó falta de tipo penal, es decir, que la tentativa de peculado que el fiscal le imputaba a Parada no configuraba ningún delito. No había ningún acto que demuestre que Parada había intentado robar las cosas que llevaba la camioneta y lo absolvieron”, explicó el defensor particular.
El fiscal Adrián De Lillo sostuvo la acusación en el juicio. Alegó que Parada había tratado de apropiarse de varios elementos del Instituto Nacional de Cine y de Artes Audiovisuales (Incaa) que eran transportados en una camioneta que conducía un empleado de ese organismo nacional, que murió el 26 de septiembre de 2016, en un vuelco en la Ruta Nacional 237. Por eso, había pedido que sea declarado autor penalmente responsable del delito de intento de peculado.
Cardellino alegó que no se demostró la culpabilidad y solicitó la absolución. Al final, el juez resolvió absolver a Parada. “El juez entendió que el actuar de Parada no constituyó el delito de peculado”, confió una fuente de la fiscalía.
La fuente dijo que los testigos que comparecieron en el juicio (todos policías) cumplieron. Pero el juez sostiene que la calificación jurídica fiscal es equivocada. En cinco días se conocerán los fundamentos de la sentencia.
“El juicio estuvo mucho más sensato que el primer juicio que se realizó donde absolvieron (al policía Luis Alberto) Mendoza”, sostuvo Cardellino.
“El juez tuvo un comportamiento ejemplar y las partes también, lejos de la arbitrariedad del juez (Juan Pablo) Balderrama y de todo su autoritarismo. Esta vez pudimos interrogar todas las partes a los testigos tanto la fiscalía como yo libremente y se comprobó que Parada no había hecho ninguna actividad que sea propia de un tipo delictivo. Ningún acto para apropiarse de las cosas que le imputaban”, destacó.
El juicio había comenzado ayer con 8 testigos. Hoy declararon 7 y fueron los alegatos del fiscal y del defensor particular.
Nulidad y nuevo juicio
El empleado de la Policía de Neuquén fue juzgado otra vez porque el Tribunal de Impugnación resolvió a principios de febrero pasado declarar la nulidad de la sentencia que había dictado Balderrama, que había condenado a Parada a 1 año y 4 meses de prisión en suspenso y la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. Balderrama lo había condenado como autor penalmente responsable del delito de intento de peculado.
La defensa del policía impugnó la sentencia y las juezas del Tribunal de Impugnación Florencia Martini y Liliana Deiub y el juez Richard Trincheri declararon la nulidad de la sentencia de Balderrama y dispusieron que se haga un nuevo juicio con otro magistrado.
La fiscalía había acusado a Parada de haber tratado de apoderarse de un proyector de cine, un televisor de 42 pulgadas, y otros elementos como reflectores, que el empleado del Incaa transportaba en la camioneta que conducía cuando volcó.
Parada era en ese momento el oficial a cargo del destacamento Nahuel Huapi, que depende de la comisaría 28 de Villa La Angostura, cuando ocurrió el hecho.