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Fri, Mar

La oposición cita a Stefani para aclarar un polémico concurso de precios

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Los concejales opositores aprobaron este viernes una resolución en el que se convoca al intendente a brindar las aclaraciones necesarias por el concurso de precios convocado por el Ejecutivo municipal, para contratar los seguros generales de la municipalidad. El MPN votó en contra, pero perdió la votación.

 

Los concejales de la oposición le doblaron el brazo al MPN y aprobaron por 4 votos contra 3 una resolución en la que convocan al intendente, Fabio Stefani, para que brinde el martes a las 9 “las aclaraciones relacionadas al concurso de precios de seguros generales”, que convocara el Ejecutivo municipal.

El proyecto se trató este mediodía de viernes en una sesión especial. Los 2 concejales del Frente de Todos, la concejala del bloque Primero Angostura y su par del Pro votaron a favor, mientras que los 3 concejales del MPN votaron en contra. Pero el oficialismo es minoría en el Concejo Deliberante.

Por lo pronto, los concejales opositores criticaron el procedimiento elegido por el Ejecutivo municipal, que omite el llamado a licitación pública.

“En virtud de los acontecimientos ocurridos, este Concejo Deliberante tomó conocimiento del Pliego de Bases y Condiciones a posteriori del llamado a Concurso, motivo por el cual nunca pudo observar el mismo en tiempo y forma”, sostienen los concejales en los considerandos del proyecto de resolución aprobado.

La concejala de Primero Angostura, Agustina Vaca Arenaza, informó que el proyecto “surgió de un plenario de concejales y se decidió en el momento”. Por eso, se convocó a sesión especial, que se hizo este mediodía.

En los considerandos del proyecto aprobado advirtieron “que por el monto de esas contrataciones corresponde llamado a Licitación Pública, de la misma manera que históricamente se cumplió este acto administrativo en este Municipio”.

Recordaron que la declaración y vigencia de la Emergencia Sanitaria conforme las ordenanzas 3632/2020 y 3646/2020 y el Decreto 1149/2020 “no encuadran para este caso en virtud que las pólizas por pliego establecen que son prorrogables por plazos similares con ajuste de sumas aseguradas”.

Plantearon que a diferencia de lo enunciado en el Decreto 3323/2020, “las pólizas no están próximas a vencer, sino que estarían vencidas y renovadas automáticamente”.

Afirmaron que el Concejo Deliberante “tiene la potestad de conocer los pliegos de bases y condiciones con el objeto de opinar respecto a los mismos, cumplimentando las funciones de contralor”.

Explicaron que el Decreto 3323/2020 indica, en función de la Declaración de Emergencia Sanitaria, que se restringen los procedimientos administrativos ordinarios, debiéndose adoptar procesos alternativos que impliquen un menor riesgo de contagio. Pero los concejales observaron que “no se entiende la diferencia de licitación o concurso de precio bajo este concepto, por que asistirá la misma cantidad de personas en ambos casos”.

Aseguraron en los considerandos del proyecto aprobado que los fundamentos de la Ley 2141 de Administración Financiera y Control de la Provincia “no se los considera para el caso porque al existir la posibilidad de renovaciones automáticas con ajuste de suma asegurada, no se observa el factor que medien probadas razones de urgencia, muy por el contrario no se entienden cuales son esa razones probadas”.

Dijeron que el Decreto 3323/2020 enuncia que corresponde formular invitación al Concejo Deliberante, que tendrá conocimiento si no se hubiera postergado la fecha. Plantearon que “este Concejo Deliberante no solo que no hubiera conocido las condiciones, sino que se enteró por los medios de comunicación”.

Plantearon que “varios productores representantes de las empresas locales solicitaron prórroga por ser, conforme sus manifestaciones, imposible de cumplir los plazos establecidos por el Departamento Ejecutivo Municipal y consecuentemente imposibilidad de presentarse”.

“Que varios representantes de empresas habrían presentado interrogantes al Departamento Ejecutivo Municipal por falta de claridad en la base de pliegos y condiciones”, aseguraron los concejales de la oposición que aprobaron el proyecto.

Y recordaron que según el artículo 95, inciso 45, de la Carta Orgánica Municipal, “el Concejo Deliberante tiene la atribución de convocar al Intendente municipal a suministrar informes cuando lo considere necesario”.

Las primeras críticas

A principios de este mes, los concejales del Frente de Todos Eugenia Mesa y Javier Troche habían reclamado a Stefani que derogue el decreto 3119/20 que dispone el llamado a un concurso de precios para contratar el servicio de seguros generales.

Mesa y Troche cuestionaron la metodología elegida por Stefani para avanzar con la contratación de seguros generales que requiere la municipalidad.

Advirtieron que Stefani incumple la Carta Orgánica Municipal (COM) con ese procedimiento. Recordaron que la COM “declara nula cualquier contratación (incluidos los concursos de precio) cuyos montos y demás requisitos no sean establecidos por una ordenanza específica, aprobada con el voto favorable de los dos tercios de la totalidad” del Concejo Deliberante.