Fue la pena que se le impuso a un hombre en un juicio abreviado. La fiscalía lo acusó por golpear a una nena y causarle lesiones porque tenía problemas en la escuela. El imputado admitió su culpa.
El juez Mariano Etcheto condenó a 6 meses de prisión de ejecución condicional a un hombre por golpear con un cinto y causarle lesiones a su hija.
La sentencia se dictó el viernes y homologó un acuerdo pleno que alcanzaron el fiscal local Adrián De Lillo y el defensor del acusado, que admitió su responsabilidad en el hecho atribuido.
El fiscal sostuvo la acusación por el delito de lesiones agravadas por el vínculo contra el hombre en la audiencia de juicio abreviado que se hizo el viernes en esta localidad.
De Lillo señaló para sostener acusación la denuncia de la madre de la niña, un certificado médico, el informe del médico forense y el testimonio que brindó la niña en Cámara Gesell.
El acusado reconoció su culpa y responsabilidad, con el consentimiento de su defensor.
La agresión ocurrió a finales de octubre de 2018. El acusado R. F. F retiró a sus hijas de una escuela primaria de esta localidad y debía reintegrarlas al hogar materno al día siguiente por la mañana.
El fiscal indicó que entre el 23 y 24 de octubre, mientras las niñas estaban en su casa y al cuidado de las niñas, el sujeto tomó a la nena de 9 años y la castigó con golpes de cinto por “problemas que tenía en la escuela”.
De acuerdo a la información oficial que difundió el Ministerio Público Fiscal, “los golpes, le provocaron hematomas en el muslo, el gemelo y en la zona de atrás de la rodilla”. “Las lesiones le produjeron una inutilidad para las tareas habituales de cinco días”, afirmó De Lillo en la audiencia.
El hombre fue declarado responsable penal del delito de lesiones leves agravadas por el vínculo en calidad de autor.
El juez analizó la propuesta y consideró que el acuerdo cumplía los requisitos legales.
Etcheto valoró que el hombre no tenía antecedentes penales. Y lo condenó a seis meses de prisión condicional, más las costas del proceso. También le impuso pautas de comportamiento, que en caso de incumplir podrían implicar que deba cumplir la pena de prisión en forma efectiva.
Durante dos años, el sujeto deberá fijar domicilio y no mudarse sin avisar a la Oficina Judicial, no cometer nuevos delitos, abstenerse de realizar cualquier acto o conducta que implique violencia, intimidación o perturbación respecto a su hija.
“Al momento de avanzar en el caso, tuvimos en cuenta que se trataba de una situación que jurídicamente estaba resguardada en la Convención de Belém Do Pará, la Convención Internacional de los Derechos del Niño, y legislación nacional y provincial de protección de la niñez”, explicó el fiscal del caso.