Los concejales sancionaron ayer por unanimidad los cambios en el Código de Planeamiento Ambiental Urbano para poner un freno en las áreas vulnerables ambientalmente. También incorporaron cambios para los PH.
Los concejales sancionaron en la última sesión del período ordinario los cambios en el Código de Planeamiento Ambiental Urbano de Villa La Angostura. Se trata de nuevas restricciones en áreas consideradas vulnerables ambientalmente.
Entre los cambios incorporados se destaca que se agregó el concepto de Vivienda Multifamiliar: más de 2 unidades habitacionales en un solo volumen.
Además, se estableció que los inmuebles para ser sometidos al régimen de Propiedad Horizontal (PH), pero que no reúnan los requisitos para ser considerados como “Club de Campo” deberán ajustarse a las siguientes pautas: una superficie máxima del lote de 5.000 metros cuadrados y los caminos internos de los PH deberán cumplir como mínimo el ancho de vía terciaria.
Mientras que los lotes de superficies mayores a 5.000 metros cuadrados podrán subdividirse en PH, previa cesión de calles públicas, las que deberán cumplir con el ancho mayor de las vías de circulación publicas existentes a conectar para la continuidad de la trama vial (terciaria, secundaria o primaria según corresponda) o la que en un futuro la reemplace, para la continuidad de la trama vial.
Otro cambio aprobado ayer establece que lotes mayores a 20.000 metros cuadrados podrán subdividirse en PH, previa cesión de calles públicas las que deberán cumplir con el ancho mayor de las vías de circulación publicas existentes a conectar para la continuidad de la trama vial, como así también el proporcional a Espacios Verdes y Reserva fiscal.
En cada unidad individual se respetará el FOS y FOT que corresponda según la zona en que se encuentre.
Los concejales aprobaron reducir los índices de FOS, FOT y Densidad a la zonificación que pertenezca a todos los lotes ubicados sobre la Cota 900 metros sobre el nivel del mar.
Estipularon que si un lote es afectado parcialmente por esta cota, se aplicaran los índices correspondientes en forma proporcional al área afectada: banda central lote hasta 600 metros cuadrados un volumen, hasta 1.000 metros, dos volúmenes y por cada 1.000 metros cuadrados adicionales, un volumen adicional.
Banda Costera
Los concejales aprobaron incorporar en la Banda Costera Área Lacustre el concepto de “N y V”.
Los concejales establecieron que en la Banda Costera Área Lacustre no se podrá construir viviendas multifamiliares. Y determinaron que “cada volumen no podrá superar las tres 3 plantas ni los 9 metros de altura máxima permitida”.
Tampoco en la Banda Costera Área Interior se podrá construir viviendas multifamiliares. Cada volumen no podrá superar las 3 plantas ni los 9 metros de altura máxima permitida.
Además, incorporaron las variables “densidad” y “unidad mínima”. Para el caso de un monoambiente para 2 personas, son 35 metros cuadrados, mientras que una unidad familiar para 4 personas, la superficie mínima es 52 metros cuadrados.
En el caso de construcción de monoambientes, la superficie máxima permitida es 50% de la superficie (FOT) en Banda Central, 25% de la superficie (FOT) en Banda Costera.
Mientras que el concepto de Alta Densidad en las zonas R – R1 será de 230 habitantes por hectárea, en la zona de Media Densidad, Área Central, 180 habitantes por hectárea y en las áreas de Baja Densidad 80 habitantes.
Los fundamentos
Los cambios que se incorporaron en el Código de Planeamiento Ambiental Urbano surgieron en el Consejo Consultivo de Planeamiento por consenso.
En ese Consejo Consultivo hay representantes del Colegio de Arquitectos, de Ingenieros y de Agrimensores, concejales y funcionarios del Ejecutivo municipal.
Los concejales recordaron que la Ordenanza 2659 fue sancionada con motivo de la emergencia económica producida por la erupción del cordón el Caulle; y que esta situación ya fue superada.
Y explicaron que con la implementación Ordenanza 2659 no se lograron alcanzar los objetivos perseguidos.
Por eso, señalaron que el Consejo Consultivo y el Concejo Deliberante consideraron necesario tomar medidas a corto plazo y transitorias hasta tanto se realicen los análisis y procesos necesarios para una modificación integral de esta normativa.
Plantearon que “es necesario modificar algunos parámetros de la presente ordenanza de manera urgente para evitar los impactos negativos y no acordes con el modelo de ciudad consensuada y establecido en el Plan Estratégico”.
“Que de seguir con este modelo de desarrollo ponemos en riesgo nuestro desarrollo sustentable basado en los atributos naturales y de crecimiento armónico de nuestra localidad”, advirtieron.
“Debemos tener en cuenta que todo daño y perjuicio que ocasionemos a nuestra localidad y a nuestro entorno va a ser de muy difícil o imposible remediación en un futuro”, afirmaron los concejales.