24
Tue, Jun

Auditor Municipal le bajó el pulgar al pedido de prórroga a la licitación pública

La ciudad
Tipografía

Así lo indicó Gerardo Minnaard en un dictamen que presentó sobre la licitación pública del transporte público. El documento lo presentó ante el Concejo Deliberante a pedido de la concejala Mirna Gómez.

El Auditor Municipal Gerardo Minnaard consideró que no correspondía haber dado una prórroga a las personas que pidieron más plazo para presentar una segunda oferta en el llamado a licitación pública por la concesión del servicio de transporte público de pasajeros. Minnard presentó hoy un dictamen a pedido de la concejala del PJ-FpV Mirna Gómez.

LA ANGOSTURA DIGITAL  tuvo acceso al dictamen: “A tal efecto tengo a mi vista el libro de actuaciones de esta oficina, el expediente 208-LN-15, 248-L-15- y 479-PCD-2017, RDL N° 01/2017, el pliego de bases y condiciones respectivo y conjuntamente con la Carta Orgánica Municipal y ordenanza 3125/2016 referido al artículo 77, inciso 9, que dispone que el auditor tendrá participación en el control de legalidad y formalidad en los concursos de precios y licitaciones públicas o privadas que realice la municipalidad”, sostuvo el Auditor.

“Así las cosas, hago saber que he presenciado en forma completa los actos administrativos referidos a la apertura de sobres y tratamiento de la propuesta por parte del Ejecutivo municipal”, afirmó Minaard.

Dijo que el 31 de mayo pasado “siendo las doce horas verifiqué la existencia de una nota firmada por un particular en la que se solicitaba una prórroga para la presentación de las ofertas referidas a la licitación 03/2017”. “La nota había ingresado antes del vencimiento del plazo para la presentación de las ofertas”, advirtió.

El Auditor recordó que “la nota en cuestión no hacía referencia a la adquisición del pliego respectivo, no acompañaba constancia alguna que se relacionara al acto como tampoco figuraba domicilio o constitución de domicilio especial al efecto”.

Señaló que “el tratamiento que se le dio al pedido de prórroga fue ajustado a derecho toda vez que el Ejecutivo dispusiera su contestación o el otorgamiento de la misma era de cumplimiento imposible por cuanto no refería domicilio a ese fin”.

“Tampoco se presentó en forma personal o por mandato persona alguna requiriendo respuesta a la nota”, indicó el auditor municipal. Dijo que la auditoría constató la compra del pliego de la licitación por parte de dos personas.

“Tenemos entonces la correcta aplicación de la ordenanza 1206/01 que en su artículo 3, inciso e, establece: informalismo: los administrados no verán afectados sus derechos por la inobservancia de exigencias formales, que puedan ser cumplidas posteriormente sin afectar derechos de terceros”, indicó.

Pero recordó que esa misma ordenanza en su artículo 88 indica que “los interesados o sus representantes, en el primer escrito o acto en que intervengan, constituirán un domicilio especial dentro del radio urbano del asiento de la autoridad.

También deberán denunciar el domicilio real del interesado”. “Es su deber constituir y denunciar domicilio”, afirmó el Auditor. “Va de suyo que el resultado del pedido a prorrogar la presentación de la oferta no podía ser acogido por no reunir los requisitos exigidos a ese fin”, concluyó el Auditor Municipal.