Desde el Concejo Deliberante enviaron las notificaciones para que el Colegio de Abogados y el Ejecutivo municipal designen a sus representantes en el jurado. Patricia Eloff va por su tercer período.
La presidenta del Concejo Deliberante, la oficialista Amanda Rial, informó que están esperando que el Colegio de Abogados de la localidad designe a los dos letrados que integrarán el jurado para evaluar las postulaciones de las candidatas a los cargos de jueza de Faltas del municipio y secretaria de ese organismo.
También el Ejecutivo municipal debe designar a un representante para conformar el jurado. Tras el cierre del plazo de inscripción para participar del concurso, sólo se anotó la jueza de Faltas municipal, Patricia Eloff, que va por un nuevo período.
Mientras que la única postulante al cargo de secretaria del Juzgado de Faltas municipal es Candelaria Loza Leguizamón.
“Enviamos nota al Colegio de Abogados delegación local para que designe a los dos integrantes del jurado y también al Ejecutivo municipal”, indicó Rial.
Informó que los concejales designados para ser parte del jurado son Lucas Melo, del Movimiento Evita-FpV, y Guillermo Hensel, del MPN.
“Estamos esperando la designación del Colegio de Abogados y del Ejecutivo para convocar al jurado para la apertura de los dos sobres, análisis de la documentación presentada y posterior entrevista”, explicó la presidenta del Concejo Deliberante.
Recordó que los mandatos de Eloff y de la secretaria del Juzgado de Faltas finalizan el 13 de septiembre. Antes de esa fecha, el concurso tiene que estar resuelto para garantizar la cobertura del organismo que forma parte de la estructura municipal.
Rial recordó que tanto la jueza como la secretaría del Juzgado de Faltas duran 6 años en el cargo.
De hecho, Eloff ya viene desempeñándose como jueza de Faltas desde hace dos períodos.
Eloff fue designada el 6 de abril de 2005 y ganó el concurso de finales de 2011 que la ratificó por un período más en el cargo, junto Ana Carolina Olgiati, como secretaria.
La Carta Orgánica Municipal (COM) establece que “para ser juez municipal de faltas se requiere ser argentino, mayor 30 años, tener como mínimo 5 años de ejercicio en la profesión de abogado o desempeño de cargo judicial, y un mínimo de 2 años de residencia -inmediata anterior a su designación- en la localidad”.
Y prevé que “para ser secretario se requiere ser argentino, mayor de veinticinco 25 años, un mínimo de 3 años de ejercicio en la profesión de abogado, y un mínimo de 2 años de residencia -inmediata anterior a su designación- en la localidad”.
La COM señala que “el juez municipal de faltas y el secretario tienen las mismas incompatibilidades e inhabilidades que para ser intendente y viceintendente”.