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Sun, Apr

Habrá controles sobre la ejecución del presupuesto municipal

La ciudad
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Los concejales sancionaron por unanimidad el proyecto de ordenanza que pone en funcionamiento la Auditoría Municipal, prevista en la Carta Orgánica. El próximo paso será elegir al responsable de ese órgano de contralor.

El Concejo Deliberante sancionó anoche por unanimidad la ordenanza que pondrá en funcionamiento la Auditoría Municipal, prevista en la Carta Orgánica local, pero que no se había reglamentado.

El concejal de la Coalición Cívica-Ari Fabián Fasce promovió el proyecto de ordenanza con el acompañamiento de las concejalas de la oposición. El bloque del MPN había dudado al principio, pero en la sesión de anoche votó a favor de la iniciativa.

La Auditoría Municipal tendrá a su cargo el control de la ejecución del presupuesto, de la legalidad del gasto, de la gestión financiera y patrimonial de la Municipalidad, sus entes autárquicos y descentralizados y de las juntas y organismos vecinales.

Podrá tomar parte activa en la elaboración de sumarios e investigaciones administrativas de actos o hechos de las autoridades electas, funcionarios o agentes de la Municipalidad, de los cuales pudiesen resultar afectados los derechos e intereses de la Municipalidad o de terceros.

Controlará la legalidad y cumplimiento de contratos, suministros, de obras públicas, de concesiones de servicios y de todo acto en que la Municipalidad tuviese participación.

Controlará el estado y resultado de las causas judiciales en las que estén afectados los derechos e intereses del municipio, como asimismo las que el municipio inicie.

Deberá dictar resolución fundada, cuando adquiera la convicción de la existencia de una irregularidad, absolviendo al autor o condenándolo, fijará la suma a ingresar y el término en que deberá hacerlo. En caso de negativa, denunciará el hecho en sede judicial competente.

Realizará auditorías contables, patrimoniales, financieras y legales del municipio, a solicitud de la simple mayoría del Concejo Deliberante, debiendo elevar sus resultados a dicho Cuerpo o cuando así lo requiera esta Carta Orgánica.

Tendrá participación en el control de legalidad y formalidad en los concursos de precios y licitaciones públicas o privadas que realice la Municipalidad y en la confección de todos los contratos, emitiendo dictámenes fundados.

Elegir al auditor

El próximo paso será elegir al auditor municipal, que deberá poseer título de validez Nacional, de contador público nacional, Licenciado en Economía, Licenciado en Administración de Empresas, o título de similar equivalencia, que demuestre experiencia acreditable en las funciones que competen al mismo, un suplente “ad hoc”, de similar formación, nombrado por el auditor para su reemplazo temporal y un empleado administrativo de la planta de personal permanente municipal.

Para ser auditor municipal se requiere: tener 30 años como mínimo, tener 5 años como mínimo de ejercicio de la profesión, tener ciudadanía en ejercicio como mínimo de 5 años y residencia en Villa la Angostura durante cuatro años anteriores inmediatos a la designación, salvo casos de ausencia motivada por servicios a la nación o a la provincia, o en organismos internacionales.

El auditor municipal será designado, previo concurso de antecedentes y oposición, por el Concejo Deliberante con el voto positivo de las dos terceras (2/3) partes de la totalidad de sus miembros.

A tal efecto el Concejo Deliberante organizará y realizará un concurso público de antecedentes y oposición.

El auditor durará en sus funciones 6 años, podrá ser re-designado por el Concejo Deliberante por igual período con el voto favorable de las dos terceras (2/3) partes de la totalidad de sus miembros.

De no ser re designado previo a la finalización del mandato, el Concejo Deliberante realizará el concurso para una nueva designación con 60 días de anticipación.

El Auditor que termine su periodo, renuncie, o sea removido de su cargo, no podrá presentarse como candidato a las próximas elecciones a cargos electivos municipales.

Para ser auditor municipal rigen las mismas inhabilidades e incompatibilidades que para ser intendente o vice intendente.

El auditor municipal gozará de las mismas inmunidades, privilegios y remuneraciones que los concejales del municipio. Estará sujeto al mismo régimen previsional. El auditor suplente tendrá las mismas condiciones de remuneración que los concejales suplentes.