El ex intendente y ex integrante del Concejo Deliberante recurrió la decisión del juez civil de Villa La Angostura que no hizo lugar a la acción judicial que había presentado, y ahora será la Cámara de Apelaciones provincial la que revisará la sentencia.
El ex intendente Hugo Panessi apeló el fallo del juez civil de primera instancia de Villa La Angostura, Jorge Videla, que había rechazado la acción de amparo contra la resolución del Concejo Deliberante que lo declaró cesante en el cargo de concejal por incompatibilidad.
Fuentes con acceso a los movimientos del expediente informaron a LA ANGOSTURA DIGITAL que Panessi por intermedio de su apoderado legal interpuso el recurso de apelación en tiempo y forma. Por eso, el juez civil concedió el recurso y elevó el recurso de Panessi a la Cámara de Apelaciones Civil, con competencia en el interior de la provincia.
Ahora, serán los jueces de la Cámara de Apelaciones los que revisarán el fallo de Videla y resolverán en los próximos días si lo confirman o hacen lugar a la apelación de Panessi.
Videla resolvió días atrás declarar inadmisible la acción de amparo que había presentado el ex intendente y ex concejal del PJ.
Panessi interpuso la acción de amparo contra el municipio, aunque el objetivo era que el juez declarara la nulidad de la resolución 16/16 que el Concejo Deliberante aprobó por amplia mayoría a mediados de junio pasado, cuando lo declaró cesante en el cargo de concejal por incompatibilidad.
Panessi sostuvo en el amparo, según consignó Videla en su fallo, que la resolución del Concejo Deliberante que lo dejó cesante en el cargo de concejal “resulta un acto administrativo de alcance particular que avasalla arbitraria e ilegalmente el derecho constitucional al ejercicio de la representación política como concejal electo, violando su derecho a la defensa y la garantía del debido proceso”.
Derechos vulnerados
Advirtió que se violó la garantía de igualdad ante la Ley, “violando las previsiones de la Constitución Nacional, Provincial y las previsiones de la Carta Orgánica Municipal…”
Panessi afirmó que no existe incompatibilidad para ejercer el cargo de concejal y desempeñarse como médico del hospital local.
Videla declaró inadmisible el amparo “por no darse los presupuestos de admisibilidad previstos en la ley 1981, artículo 59 de la Constitución provincial y artículo 43 de la Constitución Nacional”.
“Nótese que el artículo 124 inciso 5 de la Carta Orgánica, expresamente dispone entre las incompatibilidades la función o empleo en los gobiernos nacional o provincial y tal disposición es aplicable por lo dispuesto en el artículo 84 y 85 del mismo cuerpo legal”, afirmó el juez.
“De ello se deriva que la Resolución Nº16/16 no se configura en principio como ilegal o arbitraria en forma manifiesta, más teniendo en cuenta que el propio actor (por Panessi) conocía o debió saber las regulaciones imperantes en relación a su actividad laboral al momento de su postulación para un cargo de índole política, Carta Orgánica Municipal que con carácter coercitivo rige la situación planteada en autos, con posterioridad a la fecha en que el propio actor dejó de ser Intendente de la Municipalidad de Villa La Angostura”, advirtió Videla.
Y citó abundante jurisprudencia de varios tribunales y hasta de la Corte Suprema.