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Sat, May

Qué dice el contrato que Caruso firmó con la empresa Amancay

La ciudad
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Los concejales analizan el contrato que el intendente Guillermo Caruso suscribió con el apoderado legal de la adjudicataria de la licitación pública. Hay obligaciones y exenciones para la firma.

El contrato que el intendente Guillermo Caruso firmó el lunes con el apoderado de la empresa Transporte Amancay SRL, Pedro Ponte, establece una serie de cláusulas que debe cumplir la empresa. También incluye exenciones que la municipalidad otorgó a la concesionaria, que no pagará el impuesto de automotores ni las tasas durante la vigencia del contrato.

Los concejales deben aprobar el contrato para que entre en vigencia. Sin el aval del Concejo Deliberante, la empresa no podrá comenzar a operar.

En el contrato que se firmó “se deja expresa constancia que las frecuencias o recorridos no podrán exceder los kilómetros subsidiados y reconocidos por la Secretaria de Transporte de la Nación”.

“Las modificaciones de recorridos y frecuencias que impliquen incremento en los kilómetros de servicio deberán ser acordadas con la Empresa y la Municipalidad bajo la premisa de garantizar el equilibrio económico financiero del presente contrato y siempre teniendo en cuenta lo previsto en el párrafo precedente”, indica el contrato.

El plazo de duración del contrato es de 10 años a partir del 1 de julio. Por lo tanto el vencimiento operará el 30 de junio de 2017.

“Vencido el término de la concesión, o producida la expiración anticipada de la relación contractual, el concesionario estará obligado, a requerimiento de la municipalidad, a continuar la prestación de los servicios por un plazo de hasta 60 días”, señala el contrato.

“La empresa tiene derecho a optar por la recisión anticipada del contrato sin costo alguno hacia la contratista notificando a la municipalidad mediante carta documento con una anticipación no menor de 150 días, durante dicho lapso seguirán rigiendo las condiciones y estipulaciones del contrato”, indica.

Pero también prevé que “el contrato podrá ser prorrogado por acuerdo de las partes y ad referéndum del Concejo Municipal por un término de 5 años”.

Tarifas

“En lo que hace a la tarifa se fija un valor inicial de 15 pesos para la primera sección y de 25 pesos para el boleto eventual”, indica el contrato.

“Se estableció que la tarifa tendrá período de revisión semestral, siendo la próxima revisión con fecha del 15 de noviembre de 2017 para ser aplicada a partir del 1 de diciembre de 2017, conforme los lineamientos indicados en la fórmula polinómica, para la cual se tendrán en cuenta los costos debidamente certificados del servicio”, aclara.

La empresa se comprometió a depositar un monto, en concepto de garantía de cumplimiento del contrato a favor de la municipalidad, equivalente al 5 por ciento del valor del parque móvil o de 1 millón de pesos. Se tomará en cuenta como garantía el monto mayor.

Como seguro de caución se estableció una unidad del parque automotor de la empresa.

“La empresa deberá cumplimentar y certificar normas de calidad ISO 9001 y 3810 buenas prácticas de transporte, dentro de los 24 meses del inicio del contrato y mantenerlas durante la vigencia del mismo”, indica el contrato.

El contrato prevé un régimen de sanciones ante posibles incumplimientos por parte de la empresa. “La reiteración continuada de hechos sancionables con multas, podrá dar lugar a la caducidad del contrato, a exclusivo juicio de la Municipalidad, cuando por su gravedad o continuidad se justifique”, dice el contrato.

La empresa deberá asegurar contra terceros y terceros transportados la totalidad de los equipos y unidades que presten el servicio.

“Asimismo deberá mantener a cubierto al Municipio por toda pérdida y reclamo por lesiones o daños y perjuicios causados a cualquier persona, o daños físicos o materiales a bienes de cualquier clase que puedan producirse como consecuencia de la prestación del servicio y por todo reclamo”, sostiene el contrato.

Prioridad, pero sin obligación

Una de las cláusulas del contrato indica que “la concesión del servicio público de transporte urbano de pasajeros se hará libre de personal, es decir, que no habrá obligación alguna en cabeza de la concesionaria (y/o preadjudicataria) respecto del personal de la anterior empresa prestataria del servicio público de transporte urbano de pasajeros”.

Aunque aclara que “sin perjuicio de lo manifestado precedentemente, la empresa priorizará la contratación del personal afectado a la anterior prestataria del servicio”.

La empresa se comprometió a comenzar a operar con cuatro colectivos y una unidad de refuerzo cero kilómetro.

Otro punto del contrato establece que la Municipalidad “otorgará a la empresa la exención tributaria durante la vigencia del presente contrato de concesión del impuesto a los automotores, tasas e impuestos municipales, que tendrán como finalidad la inversión en infraestructura de la empresa y la renovación de la flota.

La empresa se comprometió en un plazo de 120 días corridos, contados desde el inicio efectivo del servicio, a implementar un sistema de seguimiento satelital y monitoreo online, que permitirá a los usuarios y a la municipalidad verificar el cumplimiento de las prestaciones y calidad del servicio de la empresa”.