El jurado se reunió ayer y ya quedó conformado con todos sus integrantes. Acordaron citar a la única postulante al cargo, Patricia Eloff, para entrevistarla el lunes a la mañana. También convocaron a la candidata a secretaria.
El jurado examinador que tendrá la responsabilidad de entrevistar y evaluar a las postulantes para el cargo de jueza municipal de Faltas y de secretaria del Juzgado Municipal de Faltas se reunió ayer en el Concejo Deliberante para acordar los pasos decisivos del concurso.
Fuentes legislativas informaron que el jurado resolvió citar para el lunes a las 8.30 a Patricia Eloff y Candelaria Loza Leguizamón para las entrevistas que estipula el concurso en marcha.
El jurado está conformado por los concejales Guillermo Hensel, del MPN, y Lucas Melo, del Movimiento Evita-FpV, los abogados en representación del Colegio de Abogados local, Leandro Martínez y Héctor Vénica y la secretaria de Gobierno municipal, Silvia Barría.
Eloff va por su tercer período al frente del Juzgado de Faltas, porque fue la única postulante que se inscribió. En consecuencia, no competirá contra nadie. La misma situación ocurre en el concurso para el cargo de secretaria del Juzgado de Faltas municipal porque sólo se presentó Loza Leguizamón. Los mandatos de Eloff y de la secretaria del Juzgado de Faltas finalizan el 13 de septiembre.
Antes de esa fecha, el concurso tiene que estar resuelto para garantizar la cobertura del organismo que forma parte de la estructura municipal. La jueza como la secretaría del Juzgado de Faltas duran 6 años en el cargo, prevé la Carta Orgánica Municipal.
Eloff fue designada el 6 de abril de 2005 y después ganó el concurso de finales de 2011, que la ratificó por un período más en el cargo, junto Ana Carolina Olgiati, como secretaria. Olgiati no postuló para un nuevo período.
La Carta Orgánica Municipal (COM) establece que “para ser juez municipal de faltas se requiere ser argentino, mayor 30 años, tener como mínimo 5 años de ejercicio en la profesión de abogado o desempeño de cargo judicial, y un mínimo de 2 años de residencia -inmediata anterior a su designación- en la localidad”. Y prevé que “para ser secretario se requiere ser argentino, mayor de veinticinco 25 años, un mínimo de 3 años de ejercicio en la profesión de abogado, y un mínimo de 2 años de residencia -inmediata anterior a su designación- en la localidad”.
La COM señala que “el juez municipal de faltas y el secretario tienen las mismas incompatibilidades e inhabilidades que para ser intendente y viceintendente”. Allí, surgen algunas dudas, porque el intendente y el vice sólo pueden ser reelectos por un período.