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Sat, Dec

Advierten nulidades absolutas e insanables en el proceso del juicio político a Brito

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Así lo planteó el exconcejal del Pro Leandro Martínez. Observó que la concejala de Primero Angostura había presentado la denuncia. Por eso, no podía haber votado la resolución que admitió que había mérito suficiente para avanzar con el enjuiciamiento al secretario de Economía por supuesto mal desempeño, porque no lo permite la normativa vigente.

 

 

El exconcejal del Pro Leandro Martínez opinó que en el procedimiento del juicio político al secretario de Economía del municipio, Daniel Brito, “están presentes nulidades absolutas e insanables, que tienen como efecto que el proceso se caiga”.

En declaraciones a LA ANGOSTURA DIGITAL el abogado consideró que la principal nulidad absoluta e insanable es que la misma concejal que hizo la denuncia contra el funcionario, en referencia a Agustina Vaca Arenaza, del bloque Primero Angostura, “haya votado en dos oportunidades”.

Mencionó que Vaca Arenaza había votado a favor de la resolución que consideró que había mérito suficiente para la formación de la causa y proceder con el juicio político al secretario de Economía del intendente Fabio Stefani.

Martínez observó que después Vaca Arenaza había votado en una segunda oportunidad, cuando se conformaron las salas acusadora y juzgadora.

“De alguna forma la concejala al denunciar su imparcialidad está condicionada”, sostuvo. Evaluó que Vaca Arenaza no debió haber votado en esas oportunidades. Y citó el artículo 4 del anexo de la ordenanza 3577 que reglamenta el juicio político y que establece que el denunciante “no será parte en el proceso”.

Martínez dijo que hay que el procedimiento del juicio político debe respetar el debido proceso y las garantías constitucionales de la persona denunciada.

Dijo que opinaba sobre el tema “sin referirme en absoluto a la persona que está denunciada” y como exconcejal que intervino en la elaboración del proyecto de ordenanza que reglamentó el juicio político.

Sostuvo que “si se violan garantías constitucionales se genera un antecedente legal, institucional y político independientemente de la persona que hoy se encuentra en esta situación”.

Después, observó, con relación al ingreso del exconcejal Fabián Fasce (Primero Angostura) para ocupar el puesto de la concejala Vara Arenaza en el proceso del juicio político, que “ese partido tendría dos concejales que no fueron proclamados por la justicia electoral”. “Desconozco si la justicia electoral proclamó a Fasce”, planteó Martínez.

Además, advirtió que en la audiencia que se hizo en noviembre pasado, cuando se admitió que había mérito para avanzar con el juicio político a Brito “hubo concejales que expresaron posturas que generan un prejuzgamiento sin que Brito haya podido defenderse”.

“Fueron expresiones muy claras de anticiparse a un resultado en el que el denunciado no tuvo oportunidad de defenderse”, añadió Martínez. Por eso, opinó que con esas conductas se violan garantías constitucionales.

“Es una expresión que hago como ciudadano, abogado y exconcejal. No lo hago ni por el FRIN ni como asesor legal de Fabio”, sostuvo.