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Concejales corrigieron una ordenanza para instalar una antena de telefonía en Puerto Manzano

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Hubo que hacer un cambio de forma en los nombres de los apoderados de la empresa Claro. Ahora, el municipio y la compañía podrán firmar el convenio.

 

Los concejales se reunieron el lunes en sesión especial para aprobar el proyecto que declara de interés municipal la primera fecha del Campeonato Mundial de Motocross, que se correrá en el circuito de Villa La Angostura.

Además, para corregir una ordenanza que tenía un error de forma pero que impedía a la empresa de telefonía móvil Claro a instalar una antena en la zona de Puerto Manzano, para mejorar la cobertura del servicio.

El concejal del MPN Guillermo Hensel explicó que se cambiaron los nombres de las personas que firmarán el convenio, en representación de la empresa con el municipio.

Hensel indicó que con la corrección de ese detalle se podrá avanzar con la firma del contrato correspondiente.

La ordenanza 3461 sancionada el lunes por los concejales autoriza al Ejecutivo Municipal a firmar el convenio marco con la empresa de telefonía Móvil AMX Argentina SA (Claro) para la instalación de una columna y equipo en la zona del barrio Puerto Manzano, entre la calles Aljaba y Los Fresnos lote NC 16-21-66-5007 Lote 6, Manzana K.

La ordenanza establece que el monto del canon que la empresa debe pagar mensualmente al municipio se destinará a becas municipales. La ordenanza estipula en 23.500 dólares el canon por los 5 años de vigencia del convenio, con opción de prórroga.

La ordenanza que se aprobó esta semana reemplaza la norma 3455, que el Concejo Deliberante había sancionado en la sesión del 20 de diciembre pasado, que fue derogada.

En los considerandos de la ordenanza sancionada, los concejales indicaron que de acuerdo a las normas establecidas en la Resolución SC 2114/98, la Secretaría de Comunicaciones de la Nación “insta a las autoridades municipales y comunales a colaborar a fin de cumplir con los objetivos planteados en las normativas existentes y avanzar en el estrechamiento de la brecha digital”.

“Que la empresa mencionada (por AMX Argentina) es titular de las licencias y autorizaciones para la prestación del servicio de telecomunicaciones y éste responde a necesidades de tráfico en las comunicaciones habituales entre clientes y usuarios (personales, comerciales, laborales), a situación de seguridad y emergencia (policial, 911, sanitarias, ambulancias, urgencias, hospitales, defensa civil, catástrofes, etc.); esclarecimiento de delitos e investigaciones judiciales, entre otras, todo ello a fin de contribuir a reducir significativamente la denominada “brecha digital””, destacaron los concejales.

Señalaron que se trabajó “en conjunto” con la junta vecinal del barrio “a fin de definir la ubicación apta para emplazar la estructura idónea para instalar el equipamiento de telecomunicaciones móviles a fin de mejorar la cobertura y calidad de los servicios que presta la empresa”.

Qué dice el convenio

El convenio que la ordenanza autoriza a firmar al intendente Guillermo Caruso y los apoderados de la empresa Claro y que forma parte del anexo de la norma estipula, por ejemplo, que el canon anual es de 4.700 dólares, sin IVA. Se fijó un tipo de cambio de 36,50 pesos cada dólar.

El precio del alquiler no incluye IVA, pero se aclara que en caso de corresponder, será adicionado.

El convenio prevé que Claro tendrá que pagar los primeros 6 meses correspondientes al primer año de alquiler por adelantado (son 2.350 dólares) dentro de los 30 días a partir del inicio de vigencia del presente contrato y los 6 meses restantes (otros 2.350 dólares) se abonarán dentro de los 30 días de la notificación fehaciente de otorgamiento del permiso de construcción a Claro.

Indica que la empresa “se obliga a presentar dentro de los 180 días de firmado el presente convenio, la documentación establecida en la ordenanza vigente, para obtener el permiso de construcción y la habilitación definitiva. Una vez efectuadas las presentaciones pertinentes, el municipio emitirá dentro de los 10 días hábiles, los actos administrativos correspondientes otorgando el pertinente permiso de construcción y habilitación definitiva referidos”.

“A partir del segundo período anual, la anualidad de los cánones locativos deberá abonarse del 1 al 30 del primer mes de cada periodo anual…”, indica el convenio.

Las partes acuerdan que el pago del precio se efectuará en su equivalente en pesos, tomando en cuenta para ello el Tipo de Cambio de Referencia Comunicación “A” 3500 (Mayorista), que publica el Banco Central de la República Argentina, del día anterior a la fecha del efectivo pago.

El convenio indica que en el supuesto en el cual el tipo de cambio referido en el punto A) representare un incremento de un 25 % o más del tipo de cambio vigente un año antes a la fecha del efectivo pago, las partes se obligan a renegociar el precio del alquiler.