Los interesados tendrán que cumplir con ciertos requisitos y presentar la documentación en el Concejo Deliberante. La inscripción será entre 2 y el 31 de enero.
En la sesión de este miércoles los concejales decidieron dar a conocer los requisitos que se deberán cubrir para ocupar el cargo de Juez de Paz de Villa la Angostura.
Los ciudadanos interesados que cumplan los requisitos exigidos a presentar la documentación por ante la Secretaría Parlamentaria del Concejo Deliberante, desde el día 2 de enero de 2019 hasta el 31 de enero de 2019, de lunes a viernes en el horario de 08:00 a 12:00 hs.
Los requisitos exigidos para ser Juez de Paz, de acuerdo al Artículo 3° de la Ley 887, son:
- Ser ciudadano argentino, mayor de veinticinco (25) años de edad, con dos (2) años de residencia en la Provincia, continuados o no y uno (1) –por lo menos- en el lugar donde deberá actuar;
- Tener cumplido el ciclo básico de estudios secundarios, o –como mínimo- el ciclo primario completo;
- Tener buenos antecedentes, certificados por autoridad policial o judicial del lugar de domicilio del candidato, sin perjuicio de los que el Tribunal Superior de Justicia considere solicitar;
- No haber sido concursado o fallido no rehabilitado, y en este caso, haberse producido su rehabilitación –por lo menos- dos (2) años antes de la propuesta;
- No ser deudor fiscal ni moroso;
- No estar incapacitado por causas físicas o psíquicas
Cada postulante deberá presentar en sobre cerrado la siguiente documentación:
- Fotocopia certificada del Documento Nacional de Identidad.
- Partida de Nacimiento (debidamente legalizada si es de otra provincia).
- Certificado de estudios primarios como mínimo (fotocopia certificada).
- Certificado de salud psicofísica (emitido por organismos oficiales).
- Acreditar dos años en la Provincia y uno por lo menos en el lugar a desempeñarse (con certificado de residencia).
- Certificado de antecedentes policiales, extendido por la Policía local.
- Certificado de antecedentes ante el Registro Nacional de Reincidencia, tramitado en forma personal.
- No ser deudor fiscal moroso, debiendo acompañar certificados de libre deuda emitidos por la Dirección Provincial de Rentas y de la Municipalidad de Villa La Angostura.