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El Mundial de Motocross no dejó ningún daño ambiental a la laguna Los Choros

El agua que se utilizó para preparar el circuito fue lo que produjo las denuncias sobre un supuesto daño ambiental.
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Así lo determinó un informe técnico tras meses de denuncias y controversias que involucró a Parques Nacionales, Alerta Angostura, la municipalidad y la empresa organizadora del evento.  

 

Las autoridades del Parque Nacional Nahuel Huapi resolvieron restituir la póliza del seguro de caución que había depositado la empresa +Eventos SA que organizó, junto con la Municipalidad de Villa La Angostura, la fecha del Campeonato Mundial de Motocross, porque constataron que no hubo impacto ambiental directo adicional en el área de la Laguna Los Choros.

Así consta en la Disposición del Parque Nacional Nahuel Huapi 456 del 18 de junio pasado a la que accedió LA ANGOSTURA DIGITAL.

En ese documento se indicó que cuando se autorizó el evento del motocross, que se desarrolló el 3 y 4 de marzo pasado, se estableció que debía realizarse “con ajuste a lo establecido en los anexos técnicos elaborados por el Área de Gestión Ambiental del Departamento de Conservación y Educación Ambiental y el Informe Medioambiental (IMA) aprobado por la Dirección Regional Patagonia Norte para el evento realizado el año 2017…”

En la Disposición reciente, que lleva la firma del intendente del Parque Nacional Nahuel Huapi, Damián Mujica, se consignó que el informe medioambiental del proyecto “Actividades vinculadas al evento MXPG 2017 (Mundial de Motocross) estableció con respecto a la extracción de agua de la laguna que se debería evitar que la colocación de mangueras y otros elementos dañe o afecte el suelo o ejemplares de plantas nativas en el sector en proceso de remediación”.

“Una vez finalizada la competencia se deberá extraer el tramo de cañería de toma de agua de la Laguna Los Choros que actualmente se encuentra enterrado dentro de la APN y otros elementos colocados dentro o fuera de la laguna”, indicó la Disposición del 18 de junio último.

Mujica señaló que asimismo se encontraba pendiente alambrar el límite interjurisdiccional entre la Administración de Parques Nacionales (APN)-Parque Nacional Nahuel Huapi y la Municipalidad de Villa La Angostura en propiedad Inalco. Por eso, se solicitó la póliza de caución.

Antecedentes

Mujica recordó que en la Disposición 290/2018 se intimó a la empresa y la municipalidad a retirar 100 metros de cañerías enterradas en jurisdicción de Parques Nacionales para la extracción de agua de la Laguna Los Choros y a la colocación del alambrado.

Que se le advirtió a la empresa y al municipio que Parques procedería al retiro de las cañerías y a la colocación del alambrado a costo exclusivo de los organizadores del evento.

La municipalidad reclamó después de esa intimación la devolución de la póliza. Mujica recordó en la Disposición 456 que se rechazó el pedido de devolución porque no se había cumplido con lo indicado.

Mujica señaló que la municipalidad interpuso un recurso de reconsideración el 26 de abril pasado, que se encuentra pendiente de resolución por parte de Parques Nacionales.

Destacó que Parques procedió al retiro de las cañerías. Por eso, les cobra a la empresa +Eventos SA y al municipio 7.500 pesos por ese trabajo.

Y consignó que “mediante IF-2018-24558076-APN-DRNAPNAC se expidió la Dirección Regional Patagonia Norte expresando en sus conclusiones, para lo que aquí interesa, que “no se observa un impacto directo adicional producido por el evento deportivo 2018 en el área costera y litoral de la laguna Los Choros, ni en el sitio donde ingresó el tráiler con las bombas sumergibles, ni en ningún otro lugar de la perilaguna y/o en sectores linderos”.

“Que tal circunstancia habilita la devolución de la Póliza de Caución contratada por los coorganizadores del evento”, indicó Mujica.

Además, consignó en la Disposición que “mediante Acta de Constatación 898/2018 obrante en las actuaciones EX 2018-06532704-APN-DGAAPNAC se constató el cumplimiento por parte de la Municipalidad de Villa La Angostura de la instalación del alambrado interjurisdiccional”.