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Sun, Jun

Violencia de género: proponen endurecer el arresto hasta 25 días para hombres incumplidores

Villa la Angostura sigue conmocionada por el brutal femicidio a Guadalupe. Foto: Nahuel Diuorno
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Así lo proponen los legisladores del Frente Neuquino en un proyecto de ley que presentaron en la Legislatura provincial. También, piden incorporar la demora preventiva de hasta 48 horas para los denunciados. Entrevista de AVC Noticias

 

Los legisladores provinciales del Frente Neuquino, Teresa Rioseco y Mariano Mansilla, presentaron un proyecto de ley que faculta a los jueces a aplicar una “demora preventiva por un plazo de hasta 48 horas” a hombres denunciados por violencia de género, cuando existe razonablemente riesgo para la integridad de la víctima.

Es una de las propuestas que los legisladores de la oposición proponen para incorporar a la ley 2786 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.

El proyecto fue explicado por la abogada Micaela Gomiz, abogada del bloque del Frente de Todos, en una entrevista por AVC Noticias que se puede escuchar en forma completa en el Facebook de La Angostura Digital.

El proyecto prevé incorporar en el artículo 25 de la ley 2786 el siguiente texto: “Demora preventiva. Previo a la adopción de las medidas cautelares previstas en la presente ley y durante cualquier etapa del proceso el/la juez/a interviniente podrá, de oficio o a petición de parte,  disponer una demora preventiva con un plazo de hasta 48 horas, con pedido de intervención urgente del Ministerio Publico Fiscal, quien podrá requerir a su turno, las medidas del artículo 114 quater inciso 1º de Ley Provincial 3021, si se verificare la comisión de un ilícito penal, merituando razonablemente el riesgo para la integridad de la víctima o de su familia y/o hechos violentos llevados a cabo por el denunciado”.

También, proponen que ante el incumplimiento de las medidas ordenadas, contra la persona denunciada, “el/la juez/a debe evaluar la conveniencia de modificar las mismas, pudiendo ampliarlas u ordenar otras”.

“Sin perjuicio de ello, y sobre la base de los informes existentes y la producción de prueba sumaria y de oficio, el Juez podrá disponer una demora preventiva de hasta 5 días”, plantea el proyecto. 

Arrestos más largos

Además, contempla que el juez o jueza puede imponer un arresto de hasta 25 días a las hombres denunciados que incumplen, además de las multas correspondientes.

El proyecto propone que ante el incumplimiento de las medidas ordenadas, “el juez debe evaluar la conveniencia de modificar las mismas, pudiendo ampliarlas u ordenar otras.

Sin perjuicio de ello, y sobre la base de la prueba sumaria que deberá producir de oficio, podrá disponer una demora preventiva de hasta 5 días”.

“Al denunciar un incumplimiento, la victima podrá acreditar el mismo mediante una prueba sumaria, la cual será adjunta a la denuncia. A fin de lograr mayor celeridad en la aplicación de sanciones y/o por medidas preventivas”, sugiere la iniciativa que entró a la Legislatura provincial.

Además, propone autorizar al Poder Ejecutivo Provincial “a la reasignación de partidas presupuestarias con el objeto de garantizar en el plazo de 60 días de sancionada la presente ley, la adquisición de todos los insumos e instrumentos tecnológicos para la asistencia de las mujeres víctimas de violencia en cada una de las circunscripciones judiciales, como así para emplazar los sistemas de alerta y monitoreo sobre sujetos denunciados”. 

También, prevé ampliar la asistencia protectora a la víctima. “En toda instancia del proceso se admite la presencia de un/a acompañante como ayuda protectora -ad honórem-, con el único objeto de preservar la salud física y psicológica de la mujer víctima de violencia. La autoridad de aplicación abrirá un registro para que personas físicas y organizaciones sociales y comunitarias puedan inscribirse para brindar la asistencia protectora en los casos en que la denunciante lo requiera”, impulsa el proyecto.

Indica que el servicio de asistentes funcionará en el ámbito de la Oficina de Violencia “y tendrá Guardia Permanente, tomando intervención en cada situación que de origen a una presentación o denuncia ante cualquier autoridad, a los fines de efectuar un seguimiento y brindar asistencia individual y comunitaria a la persona denunciante”.

“La Autoridad de Aplicación deberá garantizar medios tecnológicos y logística para la comunicación y traslado. La/el acompañante podrá ser una persona a elección de la mujer víctima de violencia, o una persona inscripta en el registro”, aclara el proyecto. 

Fundamentos

En los fundamentos del proyecto, los legisladores explican que la idea de los cambios que proponen es para tratar de abordar en forma previa la temática “y no aguardar que el hecho sea posteriormente tipificado como un agravante de delito de femicidio – esto es una muerte violenta de una mujer en manos de su pareja o ex pareja”.

“Que para ello se torna necesario facultar a los agentes públicos a cargo de los tramites vinculados con violencia familiar de la Ley 2785 y la Ley 2786 de violencia contra las mujeres, a disponer una demora preventiva frente a una denuncia, contemplando en cada caso las circunstancias de riesgo para la integridad física de la persona denunciante y su entorno”, sostienen.

Plantean que ante “el menor atisbo de existencia del delito de lesiones, cuando se trata además, de una cuestión de género, revela un interés público de carácter general, por lo cual y ante el estado de vulnerabilidad de las víctimas de violencia tienen su capacidad de autodeterminación limitada, debe el Estado suplir dicha vulnerabilidad con medidas que aborden la temática de manera radical”.

“Para ello además, se dispone el traslado obligatorio al agente fiscal de turno a los fines de que evalué la procedencia de una medida preventiva de carácter penal, conforme el art. 114 del Código Procesal Penal de Neuquén”, indican.

“Asimismo, para el caso de los incumplimientos de las medidas dictadas en el ámbito de una denuncia por ley 2785 o 2786, se establece como medida previa la demora preventiva, al mismo tiempo que se exime del traslado a la parte presuntamente incumplidora, sustituyéndola por prueba sumaria producida de oficio”, explican en los fundamentos del proyecto.

“Respecto a las sanciones, entendemos deben endurecerse, aumentando el arresto a 25 días”, afirman.

Advierten que en vista “al incremento de denuncias y en miras a los eventos de público conocimiento que denotan la necesidad de medidas más restrictivas y eficaces para detener la conducta inmediata del denunciado de forma preventiva”.

“A esta altura de los acontecimientos y con un femicidio cada 25 horas no puede tomarnos más por sorpresa. Debemos abandonar el espíritu contemplativo frente al flagelo de la violencia machista”, concluyen la legisladora Rioseco y su par Mansilla.